Gobierno de Perú niega haber desacatado a la CorteIDH con el indulto a Fujimori
El expresidente cumplía una pena de 25 años y salió de la cárcel el 6 de diciembre, tras una sentencia del Tribunal Constitucional.
En una declaración conjunta, la Cancillería y el Ministerio de Justicia limeños dijeron que esta situación no implica un irrespeto a los tratados y al sistema de internacional de derechos humanos.
La CorteIDH había pedido que las autoridades del país vecino se abstuvieran de ejecutar el indulto, para garantizar la justicia a las víctimas de violaciones a los DDHH en las masacres de 1991 y 1992.
El Gobierno peruano respondió este viernes a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que "no ha existido desacato" alguno en el indulto otorgado al expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), ya que las sentencias en su contra por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta fueron ejecutadas en su momento.
En un comunicado conjunto de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia, se afirmó que "el Estado peruano es plenamente respetuoso de los tratados y decisiones del sistema de promoción y protección de los derechos humanos".
Estas declaraciones, se hicieron en respuesta a una resolución publicada el día de ayer por la CorteIDH, en que el organismo recordó que había ordenado no implementar el indulto porque se caía en un desacato además de señalar que no existían los "estándares de derecho internacional que debían ser tomados en cuenta al realizarse un control jurisdiccional".
"Debido a que (el Estado) ejecutó la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú, el 17 de marzo de 2022, que restituyó los efectos al indulto 'por razones humanitarias' otorgado el 24 de diciembre de 2017" por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori, "a pesar de que la Corte había dispuesto que debía abstenerse de implementarla", quedó expreso en la resolución.
Por su parte el país vecino, reiteró su "firme adhesión" a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y precisó que el pasado 11 de diciembre solicitó que la corte implemente el mecanismo de supervisión reforzada, como ha ocurrido.
"En el sentido expuesto no ha existido desacato alguno por parte del Estado, puesto que las sentencias recaídas en los casos aludidos por la Corte han sido ejecutadas y se vienen implementando dentro de los parámetros de los instrumentos internacionales de los que Perú es parte", añadió el pronunciamiento.
Estado peruano presentará informe
También se confirmó que Perú presentará el cumplimiento del informe que se solicita en la resolución con la argumentación de su posición, según el procedimiento y dentro del plazo señalado por la Corte IDH, que vence el 4 de marzo del 2024.
La CorteIDH por su parte, precisó que "en consecuencia (del desacato), corresponde invocar lo dispuesto en los artículos 65 de la Convención Americana y 30 del Estatuto de la Corte, a fin de informar sobre el particular a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos mediante el Informe Anual de la Corte Interamericana para 2023".
Ordenando de esta manera al Estado peruano que presente, a más tardar el 4 de marzo de 2024, un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las graves violaciones a los derechos humanos determinadas en las sentencias emitidas en el caso Barrios Altos y en el caso La Cantuta.
Además, el Estado deberá continuar presentando informes cada tres meses, por el tiempo que la Corte considere necesario. Es así como Perú se convierte en el segundo país que la CorteIDH declara en desacato en los últimos años, mientras que el otro es Nicaragua.