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Hijo de Héctor Llaitul seguirá en prisión preventiva tras anulación de primer juicio

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Autor: Cooperativa.cl

Ernesto Llaitul había sido condenado en primera instancia a una pena de 15 años de cárcel.

El hijo del líder de la CAM se encuentra en huelga de hambre junto a los otros tres comuneros involucrados en el caso.

 ATON (referencial)

El Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles declinó cambiar la medida cautelar de prisión preventiva que regía contra Ernesto Llaitul Pezoa y otros tres integrantes de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), procesados en una causa por un atentado incendiario que deberá afrontar un segundo juicio. 

La audiencia de hoy tuvo lugar tras la anulación del primer juicio, en el que el hijo del líder de la CAM había sido condenado a una pena de 15 años de presidio.

Llaitul Pezoa y otros tres sujetos -Esteban Henríquez Riquelme, Ricardo Delgado Reinao y Roberto Villouta Alcamán- habían sido sentenciados el 16 de noviembre como coautores de dos delitos frustrados de homicidio y dos delitos de incendio de camión, uno en carácter de consumado y el segundo tentado; además de Eduardo Mauricio Cornejo Vidal, en calidad de cómplice; por un atentado incendiario ocurrido el 9 de septiembre del 2021 en el predio forestal "Punta Arenas" en la comuna angelina.

El abogado Rodrigo Román, defensor de los imputados, recriminó un presunto sesgo del sistema judicial: "A mis representados se les condenó por ser militantes de la CAM. Puede no gustarle a aquellos jueces la existencia de la CAM. Eso es un tema de una opinión política, que uno esté de acuerdo o no esté de acuerdo con la existencia de esta organización".

"Pero la circunstancia de ser militante de una organización (de ese tipo), eso está proscrito en un Estado democrático de derecho. Eso no está permitido por nuestra Constitución, por nuestro ordenamiento jurídico. Si están siendo juzgados por ser de la CAM, y eso es casi medio juicio, el fiscal se esforzó por decir que son de la CAM, que tienen amigos de la CAM, que les encanta la CAM, que sueñan con la... Bueno, tiene aplicación en lo que señala que los Estados, frente al evento de que los justiciables sean miembros de pueblos originarios o rivales, preferirán siempre sanciones distintas al encarcelamiento o a la obligación de libertad. Si se quieren, entonces, tanto que son de la CAM, bueno que se aplique el artículo 10 del Convenio (169)", expuso.

Pese a la anulación del primer juicio, el fiscal Juan Yáñez afirmó que las defensas "pueden indicar todas las alegaciones de nulidad, de vicios, de falsedad, ideologías", pero "existen presunciones fundadas en la existencia de los hechos punibles; y en segundo lugar, no han variado las circunstancias que se tuvieron a la vista para decretar la medida de prisión preventiva".

El gobernador regional del Biobío, Rodrigo Díaz, apuntó al historial de la familia Llaitul: del hijo -remarcó- "todos sabemos que ha participado de una forma de vida violenta".

"Voy a hablar en justicia y no en derecho. En Justicia, su lugar, en mi opinión, es la cárcel", subrayó.

Llaitul y los otros comuneros seguirán en su huelga de hambre que se ha extendido por cerca de 60 días.