Contraloría se abstuvo de pronunciarse sobre la solicitud de remoción de Vivanco
La suspendida ministra de la Corte Suprema había solicitado a dicha entidad que se pronunciara sobre el procedimiento de remoción de jueces que se abrió en su contra.
Sin embargo, el rechazo del ente fiscalizador se basó en la "jurisprudencia administrativa reiterada", y en los artículos 80 y 83 de la Constitución, según fuentes de La Tercera.
En su petición, Vivanco sostuvo que la Comisión de Ética del máximo tribunal le negó, en dos oportunidades, el acceso a los antecedentes relacionados con su causa, que incluye seis hechos específicos.
La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre el proceso de remoción -por parte de la Corte Suprema- en contra de la ministra Ángela Vivanco, quien se encuentra suspendida de sus funciones por su presunta vinculación en el bullado "caso audios".
La solicitud fue realizada por la propia ministra Vivanco para impugnar la postura del máximo tribunal en su contra, y que el ente fiscalizador se pronunciara sobre el procedimiento de remoción de jueces, tal como lo establece el artículo 80 de la Constitución, consignó Emol.
En esa línea, y según lo informado por La Tercera, en la petición dirigida a la contralora subrogante, Dorothy Pérez, la ministra Vivando relató los hechos que llevaron al pleno de la CS a abrir un cuaderno de remoción en su contra.
Lo anterior se produjo a raíz de una investigación de Ciper, que reveló conversaciones entre Vivanco y el abogado Luis Hermosilla, que actualmente se encuentra en prisión preventiva por su presunta responsabilidad en varios delitos de corrupción.
Vivanco también sostuvo que la Comisión de Ética del máximo tribunal le negó, en dos oportunidades, el acceso a los antecedentes relacionados con su causa, que incluye seis hechos específicos.
Sin embargo, la Contraloría rechazó este lunes la petición de la cuestionada ministra de la CS al argumentar que "se abstendrá" de emitir un pronunciamiento sobre el caso, respuesta que será entregada de manera formal a Vivanco durante el transcurso de esta jornada.
Según declararon fuentes citadas por el mencionado rotativo, la determinación del ente persecutor se basó en la "jurisprudencia administrativa reiterada", y en los artículos 80 y 83 de la Constitución, los que otorgan a la CS la supervisión directiva, correccional y económica sobre los demás tribunales del país.