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Estos son los animales afectos a la temporada de caza

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Autor: Cooperativa.cl

La fauna dañina para el ecosistema está incluida en las cotas que fija el SAG.

Temporada concluye a fines de agosto, según explicó el organismo a Cooperativa.

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Alejandro Troncoso, jefe de División de Recursos Naturales del Servicio Agrícola Ganadero (SAG), comentó a Lo que Queda del Día que los animales dañinos para el ecosistema son los que están afectos a la temporada de caza en Chile.

Imagen"En Chile tenemos 32 especies nativas que se pueden cazar además de seis especies introducidas y también todas las especies dañinas consideradas en la Ley de Caza", estás últimas engloban al visón, el ciervo, el jabalí y el castor, explicó.

La caza más característica en Chile es el ciervo, un animal exótico que "puede ser un animal carismático", pero causa daños en especies nativas y además son portadores de enfermedades.

Estos daños al ecosistema provocan "excesivos gastos para el Estado", afirmó.

Troncoso relató que "la caza es una actividad absolutamente legal y deportiva. Hay animales que son factibles de cazar durante todo el año y hay aves que pueden ser cazadas a partir del 1 de marzo y otras a partir del 3 de abril y finaliza en agosto".

El listadoEstos son los animales que se pueden cazar:

  • Perdiz chilena
  • Yeco
  • Caiquén
  • Canquén
  • Pato criollo
  • Pato juarjual
  • Pato real
  • Pato jergón
  • Pato jergón chico
  • Pato colorado
  • Traro
  • Codorniz
  • Tagua
  • Tagua chica
  • Tórtola cordillerana
  • Tórtola
  • Paloma de alas blancas
  • Zorzal
  • Chirihue dorado
  • Chirihue
  • Mirlo
  • Tordo
  • Yal
  • Diuca
  • Jilguero
  • Faisán
  • Zorro gris o Chilla
  • Tuco-tuco del Maule
  • Degú común
  • Ratoncito andino
  • Ratón oliváceo
  • Ratón de hocico amarillo
  • Ratón de pie chico
  • Ratón de cola larga
  • Ratón orejudo de Darwin
  • Ciervo rojo o colorado
  • Ciervo dama o Gamo Dama
  • Ciervo Corzo

A ellos se suman la fauna dañina:

  • Sapo africano
  • Cotorra argentina
  • Gorrión
  • Paloma asilvestrada
  • Yeco, sólo dentro de los límites urbanos de los centros poblados de las regiones I a IV, ambas incluidas, previa autorización del SAG.
  • Jote de cabeza colorada, sólo dentro de los límites urbanos de los centros poblados de las regiones I y II, ambas incluidas.
  • Conejo
  • Liebre
  • Laucha
  • Rata negra
  • Guarén
  • Rata almizclera
  • Castor
  • Visón
  • Coatí u Osito de Juan Fernández
  • Cabra, sólo en el Archipiélago de Juan Fernández
  • Jabalí

 

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