Movilh llamó a tratar la diversidad sexual en colegios ante caso de estupro
Un hombre fue descubierto en un baño del Instituto Nacional con un adolescente de 14 años.
Expresaron su solidaridad con el joven respecto de lo ocurrido.
Un hombre fue descubierto en un baño del Instituto Nacional con un adolescente de 14 años.
Expresaron su solidaridad con el joven respecto de lo ocurrido.
El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) se refirió al caso de estupro ocurrido entre un menor de 14 años y un hombre de 44 en dependencias del Instituto Nacional, tras lo cual realizó un llamado a que se trate el tema de la diversidad sexual en los colegios y las familias.
Por medio de un comunicado, la agrupación señaló que "es de suma urgencia que los establecimientos educacionales y las familias discutan con sinceridad y sin prejuicios" el tema, "asumiendo que existen variadas orientaciones sexuales (...) ninguna de las cuales son condenables, inmorales o antinaturales".
Esto para evitar que los jóvenes que "van descubriendo su homosexualidad o bisexualidad" se involucren con personas o lugares extraños que "en el peor de los casos que podrían ser peligrosos para su propia integridad y estabilidad emocional o psíquica".
Además recalcaron que "las relaciones sexuales consentidas deben darse en un contexto donde los más jóvenes tengan el mejor y mayor conocimiento sobre su propia orientación sexual, de manera de erradicar cualquier posibilidad de que se vean enfrentados a abusos o a relaciones desiguales de poder, aspecto que puede ocurrir en algunos casos cuando las diferencias etáreas son grandes entre las parejas".
Sobre el caso de Daniel Rojas Pardo, de 44 años, que fue descubierto en el baño del Instituto Nacional con un menor de 14 años, el Movilh destacó que "condenamos que una persona, cualquiera sea su edad u orientación sexual, ingrese a un establecimiento educacional sin ningún tipo de autorización y que, más repudiable aún, lo haga para tener relaciones sexuales, por más que estas sean consentidas".
Además expresaron "toda nuestra solidaridad al joven de 14 años debido a la difícil situación que debe estar padeciendo" y señalaron que "ofrecemos desde ya al joven y a su familia toda la ayuda profesional o psicológica que sea necesaria para comprender los alcances de lo sucedido, así como sobre la diversidad sexual".
¿Qué dice la ley?
Según establece el artículo 361 del Código Penal, es considerada violación cuando alguien "accede carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona mayor de catorce años", siempre que sean concretadas con el "uso de la fuerza o la intimidación", cuando la víctima está "privada de sentido o cuando se aprovecha su incapacidad para oponerse" y cuando "se abusa de la enajenación o trastorno mental de la víctima".
En estas circunstancias, el ilícito es castigado con presidio mayor, el que puede ir de su grado mínimo a grado medio.
En tanto, el artículo 362 se establece que "el que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años, será castigado con presidio mayor en cualquiera de sus grados, aunque no concurra circunstancia alguna de las enumeradas en el artículo anterior".
Para el caso del estupro y otros delitos de índole sexual, la normativa chilena establece que se castigará con "presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo" a quien acceda carnalmente a una persona menor de edad pero mayor de 14 años, según lo estipulado en el artículo 363 del Código Penal.
Esto en los casos en que "se abusa de una anomalía o perturbación mental, aun transitoria, de la víctima, que por su menor entidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno"; cuando "se abusa de una relación de dependencia de la víctima, como en los casos en que el agresor está encargado de su custodia, educación o cuidado, o tiene con ella una relación laboral".
Además "cuando se abusa del grave desamparo en que se encuentra la víctima" o cuando "se engaña a la víctima abusando de su inexperiencia o ignorancia sexual" también se considerará dentro de las circunstancias contempladas en este último artículo.