La Corte Suprema revocó este jueves una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había declarado inadmisible un recurso de protección a favor del matrimonio igualitario presentado por el periodista Ramón Gómez y el diseñador gráfico Gonzalo Velásquez, autores del libro "Nicolás tiene dos papás".
Los magistrados Sergio Muñoz, Ricardo Blanco, Ángela Vivanco, Rodrigo Biel y el abogado integrante Pedro Perry, ordenaron que el recurso continúe con su tramitación en el tribunal de alzada.
Según la resolución, la negativa del Registro Civil para dar el pasado 15 de enero una hora de matrimonio a la pareja podría vulnerar derechos constitucionales de ambos profesionales.
"Que del mérito de los antecedentes aparee de manifiesto que en libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente puedan constituir la vulneración de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación", señaló la Suprema.
El máximo tribunal añadió que "se declara que el recurso de protección deducido es admisible, debiendo dársele la tramitación correspondiente".
Una vez conocida la resolución, Gonzalo Velásquez se declaró "muy contento de recibir esta noticia en el Día del Amor. Aquí sólo buscamos que se nos reconozcan los mismos derechos que a las parejas heterosexuales, sin diferencias arbitrarias basadas en la orientación sexual de las personas. Nos da mucha ilusión lo que está ocurriendo".
En tanto, Ramón Gómez dijo "que la Corte Suprema ya se ha abierto a la posibilidad de que se podrían estar vulnerado nuestros derechos humanos fundamentales. Esto es un paso hacia el reconocimiento de la dignidad y el respeto. Esperamos un fallo consistente con lo señalado por la Corte Suprema hoy, así como con lo indicado en el pasado sobre el matrimonio".
Movilh valoró la inédita resolución
La abogada del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Mónica Arias, valoró la "inédita" determinación en tanto se ajusta a lo señalado previamente por la Corte Suprema.
El Movilh, que patrocinó el recurso, destaca que la resolución ha considerado que el matrimonio es un derecho humano, así como a la Convención Americana de Derechos Humanos, instrumento que garantiza la plena igualdad legal para las parejas del mismo sexo y para las familias homoparentales.
La profesional indicó que "el día 18 de enero nosotros interpusimos el recurso a la Corte de Apelaciones de Santiago, entregando los antecedentes a la Corte Suprema para que conozca el recurso de apelación y esa fue la resolución que tiene fecha del día de ayer (miércoles), que declaró admisible el recurso y revocó la resolución de la Corte de Apelaciones".
"Entonces, en ese sentido, una vez que regresen los antecedentes de la Corte de Apelaciones, va a tener que conocer sí o sí el recurso de protección que interpusimos inicialmente el 18 de enero", precisó la abogada.
Arias explicó que una "vez devuelta la causa a la Corte de Apelaciones, se pedirá un informe al Registro Civil" para que explique porqué negó la hora de matrimonio a Ramón y Gonzalo, una pareja con 19 años de relación que junto a otros profesionales ha producido diversos textos con temáticas LGBTI, entre esos "Nicolás tiene dos Papás" y "Educando en la Diversidad: orientación e Identidad de Género en las aulas", este último recomendado por el Mineduc para trabajo en las aulas.
Tras conocerse el informe, precisó la abogada, tendrán lugar los alegatos.
Movilh llama a las autoridades a impulsar la ley
Durante un picnic por el amor diverso, actividad con el que el Movilh celebró el 14 de febrero, Rolando Jiménez, encargado de Derechos Humanos de la organización, comentó "la necesidad de que el Estado de Chile, es decir, el Congreso Nacional, el Gobierno de Chile se haga cargo de sus promesas y eso significa impulsar la ley de matrimonio igualitario que está radicada en el Congreso y que lleva un año durmiendo el sueño de los justos".
A su vez, Óscar Rementería, vocero del Movilh, apuntó que "como país hemos avanzado, tenemos una ley antidiscriminación, tenemos el Acuerdo de Unión Civil, donde por primera vez las parejas de igual sexo son reconocidas como relaciones familiares por parte del Estado de Chile".
"Lo que estamos abogando es porque exista matrimonio igualitario, que no tengamos ciudadanos de primera y segunda categoría y ése es también es el llamado público que hacemos a todas las autoridades, tanto del Congreso como del Palacio de La Moneda a legislar rápidamente, porque el amor no tiene ningún tipo de condición y eso tenemos que reconocerlo y tenemos que darle los estatutos y las atribuciones legales correspondientes", añadió.
El pasado 26 de noviembre la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por una ciudadana dominicana a quien el Registro Civil le había negado su derecho a contraer matrimonio con un chileno, argumentando que el vínculo sería ilegal porque la extranjera no tenía cédula nacional.
Junto con acoger el recurso, la Suprema estableció esa vez que "las normas constitucionales y la convención internacional disponen que toda persona que habita el Estado de Chile es titular del derecho a contraer matrimonio y fundar una familia, en lo cual la autoridad tiene el deber de ampararla".
"Las normas constitucionales reconocen la posibilidad de contraer matrimonio como un derecho que emana de la naturaleza humana", apuntó la Suprema en aquel fallo.