La Asociación de Fiscales rechazó el argumento de la Defensoría Penal Pública que asegura que violar la cuarentena -sin estar contagiado con Covid-19- no constituye un delito o una infracción al artículo 318 del Código Penal.
El presidente del gremo, Claudio Uribe, señaló que "como fiscales no compartimos algunos criterios, hasta ahora minoritarios, en cuanto a que el incumplimiento de la cuarentena sería más bien una falta penal y no el delito del Artículo 318".
"Evidentemente esa es una discusión que habrá que dar en tribunales y, como fiscales, defenderemos que lo que hay acá es un delito y que tiene que ser sancionado como tal", enfatizó el persecutor.
Uribe agregó que "en ese sentido, tenemos que tomar en cuenta, además, que acá la cuarentena se ha establecido precisamente para contener una pandemia y que, por lo tanto, quienes incumplen la cuarentena, derechamente están atentando contra la salud de la población en general".
"Es desproporcionada una detención"
En tanto, Tito Sufán, jefe de Estudios de la Defensoría Metropolitana Norte, explicó que "el hecho de incumplir la cuarentena puede constituir una falta que trae aparejada una multa. Desde ese punto de vista, arriesgando una multa, parece desproporcionado que las personas deban pasar una noche detenidas en las comisarías con todo el riesgo sanitario que esto significa".
"Para que el hecho sea constitutivo de delito, es necesario que la persona ponga en real peligro a la salud pública por la vía de un potencial contagio, lo que no ocurre habitualmente", aseguró el experto, agregando que "es por eso que los tribunales se han visto en la obligación de hacer esta distinción al momento de definir la libertad de estas personas o la situación procesal de las mismas".
Gobierno se cuadra con fiscales
Por su parte, desde el Gobierno se manifestaron en la línea de los fiscales, como dijo el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, en cuya opinión "es claro que quienes incumplen normas sanitarias y ponen en riesgo la salud de la población pueden estar cometiendo un delito, de acuerdo con lo que establece el Código Penal en el Artículo 318".
"Eso es lo que hemos conversado y concordado con el Ministerio Público, y esperamos que los tribunales actúen con el máximo rigor de la ley porque poner en riesgo la salud de las personas puede causar un daño muy profundo, incluso irreparable", agregó.
Desde la Defensoría, además, plantean otra crítica: una supuesta selectividad social en la persecución penal, ya que -dicen- la cantidad de detenidos en el sector oriente es mínima respecto a al poniente y sur de Santiago.