La Corte de Apelaciones de La Serena dejó sin efecto un decreto alcaldicio que declaraba la suspensión transitoria del funcionamiento de la multitienda Hites en la ciudad.
La Primera Sala del tribunal de alzada acogió un recurso de protección presentado por Comercializadora S.A. y señaló el "actuar ilegal de la autoridad municipal al dictar el decreto".
El fallo hace presente que la Constitución dispone, una vez decretado el Estado de Emergencia, que sólo el Presidente de la República podrá restringir las libertades de reunión y establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
"Tampoco le corresponde al alcalde adoptar medidas de políticas públicas en materia sanitaria, como efectivamente lo hizo al disponer la suspensión de la actividad comercial de las tiendas Hites como medida de prevención por el Covid-19, por las razones que expuso", se indica.
La resolución judicial agrega que el acto impugnado "decididamente es ilegal, como ya ha quedado demostrado, y a consecuencias del cual, ha privado y perturbado el ejercicio de las garantías y derechos constitucionales de la recurrente".
"Lamentable"
Consultado por Cooperativa Regiones, el alcalde Roberto Jacob señaló: "Es lamentable que cada día tengamos menos atribuciones, sobre todo en estado de emergencia como el que estamos sufriendo".
"Hoy no podemos hablar de normalidad. Creo que estamos en una de las peores etapas. Estamos recién partiendo con el peak, no hemos llegado siquiera a la meseta", argumentó el jefe comunal.
"El que hable de normalidad está viviendo en otro lugar. Todo lo que hemos tratado de hacer muchas veces ha sido coartado, porque los alcaldes tenemos pocas atribuciones", enfatizó Jacob.
Cabe recordar que la Corte ya había dictado una orden de no innovar y suspendido los efectos del decreto alcaldicio dictado el 20 de marzo, hasta resolver, en definitiva, el fondo del recurso de protección.