Este viernes comienza a regir en Arica la ordenanza municipal que establece la distancia mínima entre las personas que deban ingresar a recintos públicos o privados, en el marco de la pandemia por Covid-19.
La medida fue publicada el pasado 22 de mayo, luego de ser aprobada en el contexto del término de la cuarentena obligatoria en el radio urbano de la ciudad. La normativa regirá en lugares públicos o privados donde se aglomeren más de diez personas.
La Dirección de Turismo del municipio sostuvo una reunión con representantes de bancos, grandes tiendas y del comercio en general. A la video conferencia, asistieron alrededor de 40 representantes del comercio ariqueño, quienes aclararon sus inquietudes y realizaron las coordinaciones para concretar la instalación de los adhesivos que indicarán la distancia entre personas de 1,5 metros.
Reglamentación
La medida es aplicada para el control de aglomeraciones afuera de los recintos, de manera de llevar un control sanitario tanto dentro como fuera de los servicios públicos y negocio privados.
Dentro del casto histórico de Arica, los dueños, administradores, jefes de oficina o de servicios públicos, deberán establecer demarcaciones adhesivas en los paseos o vías compuestas de baldosas y que cumplan con la línea gráfica propuesta por la Ordenanza.
Para aquellos recintos que atiendan fuera del perímetro del casco antiguo, no es obligación seguir la línea gráfica de las demarcaciones adhesivas, pero deberán seguir las instrucciones de distancia y extensión establecidas.
Si el recinto genera filas de más de diez personas habitualmente (dos o más veces a la semana), deberá instalar demarcaciones adhesivas, cuyo formato también estará en www.muniarica.cl
Las empresas o instituciones financieras que no cumplan con la normativa vigente, se arriesgan a multas que van desde 0,5 a 5 UTM (Unidad Tributaria Mensual), independiente a los procedimientos que haga los Juzgados de Policía Local.