Este viernes comenzará la entrega del Bono Clase Media, medida impulsada por el Gobierno que busca ir en ayuda de los trabajadores que han visto mermados sus ingresos a consecuencia de la pandemia del Covid-19.
Hasta el 31 de agosto, los trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales podrán solicitar el aporte de hasta 500.000 pesos, no reembolsable.
Para acceder al beneficio, los trabajadores deben tener ingresos formales promedios mensuales durante el 2019 iguales o mayores a 400.000 pesos y menores o iguales a 2 millones de pesos, que hayan registrado una disminución de al menos un 30 por ciento en sus ingresos formales en julio de 2020.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó para ello un apartado especial en su sitio web www.sii.cl, el que también calcula si el trabajador puede recibir este aporte o no de acuerdo a sus registros.
En la víspera del inicio de la entrega del bono, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, comunicó que ya se han recibido más de 1.200.000 solicitudes.
"Muchas veces nos gusta centrarnos en lo problemático, en lo que genera ruido, y pocas veces miramos lo positivo la ley de clase media se publicó en el Diario Oficial el día sábado, y mañana viernes vamos a estar con los primero pagos, a cinco días hábiles de publicada la ley", dijo el jefe de las arcas fiscales, quien también elogió el trabajo de los funcionarios del SII y de la Tesorería General de la República, quienes "se han sacado la mugre trabajando por el país".
Mecanismo para corregir o confirmar ingresos de julio
El SII anunció el pasado miércoles la implementación de un mecanismo para que trabajadores dependientes puedan, a partir de este sábado 8 de agosto, confirmar o modificar sus ingresos de julio y completar su solicitud para acceder al Bono Clase Media.
Lo anterior, luego de que muchas personas comentaran haber tenido problemas con el formulario ya que no se reflejaba la columna para indicar sus ingresos de julio, por lo que dejaron la cifra por defecto: cero peso; y con ese monto muchos de ellos obtuvieron incluso el máximo del bono, es decir, 500.000 pesos.
Desde el Servicio afirmaron que se trató de un error y en el Gobierno adelantaron que el propio SII deberá contactar a las cerca de 200.000 personas que contestaron el formulario de esa manera para confirmar la veracidad de los datos y en caso de ser falsos y no cumplir con los requisitos el beneficio tendrá que ser devuelto.
Este último trámite no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales ni a los trabajadores cesantes o suspendidos con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía, quienes no deberán realizar ninguna acción adicional a su petición.
¿Quiénes pueden acceder al bono?
La Ley 21.252, establece que este bono está dirigido a trabajadores dependientes; a trabajadores independientes y a empresarios individuales, que cumplan con los requisitos correspondientes.
Trabajadores dependientes: En este caso, para verificar si este trabajador cumple con el requisito de disminución del 30 por ciento de su ingreso mensual durante julio respecto de su ingreso promedio mensual, se considerarán las remuneraciones obtenidas entre enero y diciembre de 2019, y el total de remuneraciones se divide por el número de meses en que percibió esos montos.
También pueden encontrarse cesantes en la actualidad, haciendo uso del Seguro de Cesantía, o pueden haber pactado una disminución de sueldo o jornada con su empleador. Sin embargo, recibieron ingresos por remuneraciones durante el año 2019.
Empresario individual: Para verificar si este empresario individual cumple con el requisito de disminución del 30 por ciento en su ingreso mensual de julio, respecto de su ingreso promedio mensual 2019, se considerará el promedio de la base imponible declarada para el cálculo del PPM, entre octubre de 2018 y septiembre de 2019.
Trabajadores independientes: Para asegurar si este trabajador independiente cumple con el requisito de disminución del 30 por ciento en su ingreso mensual de julio, respecto de su ingreso promedio mensual 2019, se considerará el promedio de ingresos por concepto de honorarios obtenidos entre abril de 2019 y marzo de 2020.
Además, estos trabajadores deben cumplir con el requisito de haber emitido boletas de
honorarios electrónicas en al menos 3 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 6 meses entre abril 2018 y marzo de 2020. En ambos casos, las boletas de honorarios electrónicas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.
En el caso de estos trabajadores, se debe considerar que el Aporte Fiscal reemplaza al subsidio de hasta 100 mil pesos al que podían acceder para apoyar el reintegro del beneficio especial para trabajadores independientes.
Dependiendo del ingreso que registre el trabajador en el año 2019, será el monto de aporte fiscal que se podrá solicitar.
Cómo acceder al aporte fiscal
Si un trabajador cumple con los requisitos, puede solicitar este beneficio 100 por ciento en línea a través de www.sii.cl, sin necesidad de adjuntar ningún documento. Para esto:
- El contribuyente debe ingresar a sii.cl con su RUT y clave tributaria.
- Antes de acceder al beneficio, debe registrar y/o actualizar su domicilio y correo electrónico en el mismo sitio sii.cl.
- El sistema indica en línea, el cálculo y el monto del beneficio, al que se puede acceder.
- El bono será depositado en su cuenta bancaria personal. En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información, será pagado por caja, en BancoEstado.
- El depósito del dinero lo realizará la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, la Tesorería General de la República descontará hasta un 50 por ciento del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.
Crédito Solidario para trabajadores de clase media
Esta ley también estableció la posibilidad de acceder a un crédito solidario del Estado, reembolsable, para cubrir la reducción de ingresos por un monto máximo de 650.000 pesos, que se podrá solicitar por tres meses (continuos o discontinuos), a partir del 8 de agosto y hasta diciembre de este año.
Según explicó el Gobierno en el sitio web de este plan de clase media, todos los trabajadores con ingresos mensuales sobre 400.000 pesos que hayan experimentado una caída del 30 por ciento o más se ofrecerá, de forma voluntaria, este préstamo estatal solidario.
El primer mes sólo podrá solicitarse por el monto que exceda del aporte Estatal Directo de 500.000 pesos.
El préstamo estatal solidario se reintegrará hasta en cuatro años, con un año de gracia, correspondiendo el primer pago anual a abril de 2022 (por un 10 por ciento del monto total solicitado), y los tres siguientes pagos en los años de 2023, 2024 y 2025 por un 30 por ciento del monto total.
El préstamo estatal solidario tendrá una tasa de interés real igual a 0 por ciento (solo se reajustará por IPC).
El pago de cada cuota anual de abril del periodo 2022-2025 no podrá superar el 5 por ciento de los ingresos totales de la persona durante el año anterior. Cualquier parte del préstamo que no haya sido pagada luego del año 2025 se condonará de inmediato.
Para ir abonando los reintegros anuales, a contar de septiembre de 2021 se recargará un 3 por ciento a través de retenciones de impuestos (descuentos por planilla, retenciones en boletas de honorarios y pagos de PPMs).
También se amplían los beneficios a los trabajadores independientes, en términos similares a los incorporados en esta propuesta.