En Antofagasta, una mujer fue detenida, por personal de la Armada, en horas de la noche de este viernes, mientras caminaba por avenida Grecia, en pleno toque de queda. En la fiscalización, no sólo se comprobó que no portaba salvoconducto, sino que además era Covid-19 positivo.
Personal de la Armada y de Carabineros, que llegaron luego al lugar, le consultaron a la mujer si tenía síntomas del coronavirus, lo que negó. Sin embargo, al verificar sus antecedentes se comprobó que sí portaba Covid-19 y tenía conocimiento de que estaba contagiada.
El fiscal Alberto Gallegos, señaló que la mujer identificada con las iniciales E.G.M., fue formalizada por su presunta autoría de infringir el artículo 318 del Código Penal, que dice relación a poner en peligro “la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad debidamente publicadas por la autoridad, en tiempos de catástrofe o pandemia”.
El Tribunal de Garantía de Antofagasta, acogió la solicitud del ente persecutor de dejar a E.G.M. con la medida cautelar de arresto domiciliario total, el que deberá cumplir en una residencia sanitaria. Además, fijó un plazo de investigación de 70 días.
Sanciones por infringir la cuarentena
Si una persona circula por la calle y no tiene sus permisos o salvoconducto arriesga una pena que va desde los 61 días hasta los tres años de privación de libertad o una multa que parte en los $300.000 y puede llegar hasta los diez millones de pesos.
Sin embargo, el vocero de la Fiscalía Regional de Antofagasta, José Troncoso, indicó que el escenario es más complejo si la persona detenida está contagiada con Covid-19.
“También comete el delito del artículo 318 del Código Penal, pero en una modalidad especial en la cual la penalidad va desde los 541 días hasta los cinco años de privación de libertad porque dicha conducta pone en un mayor riesgo a la comunidad”, explicó Troncoso.
“A esta pena se asocia la multa que va desde un millón trescientos mil pesos y puede llegar hasta los doce millones de pesos”, agregó el vocero del Ministerio Público.
La ley 21.240 fue promulgada por el Presidente Sebastián Piñera, el 17 de junio y tiene por objetivo modificar el Código Penal para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria en caso de pandemia o epidemia.