Aunque se estimaba para horas de la tarde, no fue hasta la noche del miércoles que el Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó una plataforma en internet para que los trabajadores independientes que emiten boletas a honorarios puedan acceder al aporte aprobado la semana pasada por el Congreso y publicado hoy en el Diario Oficial.
El portal está disponible en la página web del SII (click aquí para acceder), donde se podrá tramitar la ayuda con que el Gobierno espera beneficiar a 1,2 millones de trabajadores frente a las consecuencias de la pandemia de Covid-19.
Los requisitos para solicitar el aporte son haber emitido boletas de honorarios en al menos 3 meses durante los últimos 12 meses, entre abril de 2019 y marzo de 2020, o en al menos 6 meses durante los últimos 24 meses anteriores, entre abril 2018 y marzo de 2020.
Una condición "relevante", además, es que en el mes anterior al cual se solicita el beneficio, los ingresos del trabajador tiene que haber tenido una disminución de al menos un 30 por ciento respecto del promedio de ingresos en los últimos 12 meses, entre abril de 2019 y marzo de 2020.
La ayuda, que pretende cubrir hasta el 70 por ciento de la caída de los ingresos, considera dos modalidades: la primera es un subsidio, con tope de 100 mil pesos, destinado a contribuyentes con una renta promedio mensual menor a 500 mil pesos en el período mencionado.
El otro beneficio es un crédito con tasa real 0, un año de gracia y tres años para pagarlo, de hasta 650.000 pesos.
En ambos casos, puede solicitarse hasta tres veces entre junio y noviembre de este año.
Beneficios deberán ser reintegrados en tres cuotas anuales, a partir de 2022
No obstante, los aportes deberán ser reintegrados a partir del año subsiguiente, en tres cuotas anuales mediante la Operación Renta: en la primera, en 2022, deberá restituirse el 20 por ciento del beneficio, en 2023, el 40 por ciento, y en 2024, el 40 por ciento restante.
Para quienes deban devolver el subsidio, para facilitar aquello la ley establece un aumento del 2 por ciento en la retención de impuestos aplicada a las boletas de honorarios que sean emitidas a partir de julio de 2021.