La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) y el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) lanzaron este martes la campaña "Conéctate con tus derechos en Telecomunicaciones", iniciativa que tiene como propósito que los usuarios conozcan y pueden ejercer sus derechos en este mercado.
En una actividad, donde se entregaron volantes con información sobre los derechos que tienen los usuarios en este mercado, tiene como objetico que los consumidores conozcan sus derechos tras contratar servicios de comunicaciones, los cuales están establecidos en el Reglamento de Telecomunicaciones y en La Ley del Consumidor.
Las autoridades indicaron que el mercado de las telecomunicaciones es uno de los más importantes y masivos, por lo que es muy importante que los consumidores conozcan sus derechos y puedan ejercerlos, ya sea acudiendo ante la Subtel o al Sernac.
Según cifras de Subtel, a junio de 2015, en nuestro país se registraron 12 millones de accesos a Internet, fijo y móvil, con un crecimiento interanual de un 19,4 por ciento, con casi dos millones de nuevos accesos. Asimismo, la penetración, fijo y móvil (3G+4G), pasó de 56,9 accesos por cada 100 habitantes en junio de 2014 a 66,8 accesos por cada 100 habitantes al mismo mes de este año.
Tus 15 derechos en telecomunicaciones:
Uno de los propósitos de esta campaña informativa es que los usuarios de este mercado conozcan sus derechos en este mercado, para lo cual se resaltan 15 derechos fundamentales:
A recibir información relativa a las condiciones, precios y cobertura de los servicios de telecomunicaciones, a través de todos los canales de atención, incluyendo sus páginas web.
- A Comparar los precios y servicios:
A acceder en los canales de atención y páginas web de las compañías de telecomunicaciones, a mecanismos comparativos o cotizadores de cada uno de los servicios y planes ofrecidos de forma conjunta.
- Contratar servicios individuales:
A contratar, si lo desea, cualquiera de los servicios ofrecidos en forma paquetizada, de manera individual. De esta forma, ninguna compañía de telecomunicaciones podrá obligarlo a contratar servicios que no desee.
A suscribir un contrato por servicios de telecomunicaciones de manera informada y que dicho contrato sea respetado por la compañía, sin que ésta pueda modificarlo o dejarlo sin efecto de manera unilateral. Adicionalmente, a recibir una copia del contrato, ya sea por medios físicos o electrónicos, dentro de los 5 días hábiles siguientes de la firma o modificación de éste.
A recuperar el saldo no utilizado de su recarga de prepago por el sólo hecho de realizar una nueva recarga en un plazo menor a 180 días desde la última recarga.
- A recuperar tu número postpago:
En el caso de los clientes de postpago, a recuperar si lo desea, el mismo número telefónico que tenía contratado, en un plazo de 2 años, contados desde la fecha de término de contrato, siempre y cuando, la causal no sea cuentas impagas, en dicho caso, el plazo es de 180 días.
- A mantener tu número telefónico:
A cambiarse de compañía telefónica, móvil o fija, manteniendo su número telefónico.
- Tienes derechos a indemnización por suspensión de servicios:
A recibir descuentos e indemnizaciones por suspensión, alteración o interrupción del servicio público telefónico, de acceso a Internet y de televisión de pago.
- A mantener sus canales de tv:
A que las compañías de televisión de pago no cambien, sustituyan o eliminen los canales sin previo aviso de al menos 20 días hábiles, caso en el cual deberán reemplazarlos por canales de similar calidad y contenido o realizar compensaciones.
- A deshabilitar y habilitar el roaming interncional:
A habilitar, sólo si lo desea, el servicio de roaming internacional de voz, mensajería y datos, para lo cual, la compañía deberá consultarle al momento de la contratación. Para el servicio de roaming internacional de datos, las compañías deberán establecer además, herramientas que le permitan conocer su consumo de tráfico en línea y bloquear el servicio si supera cierto nivel de tráfico, esto último previo aviso al suscriptor.
- A mantener tu servicio durante los reclamos y recibir tu cuenta 10 días antes del vencimiento:
A que no le corten el o los servicios, cuando uno o más de los cobros contenidos en la cuenta haya sido reclamado y mientras su resolución aún se encuentre pendiente, siempre que se haya pagado el saldo no impugnado de dicho documento.
- A reclamar dentro de 60 días hábiles:
A reclamar ante la compañía en un plazo de 60 días hábiles, desde que toma conocimiento del hecho reclamado o desde la fecha de vencimiento de la cuenta, ya sea a través de la numeración telefónica especialmente habilitada para estos efectos, o a través de la página web de la compañía.
- A recibir respuesta en 5 días hábiles:
A recibir respuesta de su reclamo en un plazo máximo de 5 días hábiles desde que éste se realizó. En caso de no obtener respuesta o estar disconforme con ésta, podrá insistir ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, dentro de un plazo de 30 días hábiles.
- A terminar tu contrato en cualquier comento:
A solicitar, en cualquier momento, el término del contrato de cualquier servicio de telecomunicaciones, debiendo la compañía ejecutar la solicitud dentro del plazo de 1 día hábil. Adicionalmente, las acciones necesarias para poner término y/o modificar el contrato no podrán ser más gravosas que las requeridas para la contratación del servicio.