Corte Suprema confirmó sanciones por colusión de ginecólogos

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Autor: Cooperativa.cl

La Fiscalía Nacional Económica denunció en 2013 a 25 de los 26 especialistas de la Provincia de Ñuble.

Éstos acordaron un precio mínimo de 25 mil pesos para atender y terminaron con convenios con isapres para obligar al pago.

Corte Suprema confirmó sanciones por colusión de ginecólogos
 Agencia UNO

En el caso de estos médicos, "el interés económico se sobrepuso a la dignidad humana y a la salud de las personas", destacó el máximo tribunal.

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La Corte Suprema confirmó, en un fallo emitido este jueves, las multas impuestas en abril del año pasado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra 25 médicos ginecólogos de la Provincia de Ñuble y su asociación gremial, los que fueron acusados por colusión.

En octubre de 2013 los especialistas fueron acusados por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de haber ejecutado y celebrado un acuerdo destinado a fijar el precio mínimo de sus consultas médicas y procedimientos quirúrgicos, principalmente partos y cesáreas.

El TDLC condenó a los acusados a pagar un total de 89,7 Unidades Tributarias Anuales, equivalentes a unos 48 millones de pesos.

En su sentencia (ver archivo adjunto), la Corte Suprema señaló que "los implicados cometieron una infracción de gravedad extrema, habida cuenta de su naturaleza, de sus repercusiones concretas en el mercado de prestación de atenciones sanitarias y de la dimensión del mercado geográfico afectado".

El máximo tribunal agregó que "la fijación de los precios afectó las reglas de la competencia, permitiendo a los requeridos prever que infaliblemente obtendrían un beneficio económico, de lo que se sigue que el interés económico se sobrepuso ala dignidad humana y a la salud de las personas".

Disolución del gremio

La sentencia de la Corte acogió, además, la solicitud formulada por la Fiscalía Económica en orden a disolver la "Asociación Gremial de Ginecólogos Obstetras de la Provincia del Ñuble", entidad que reúne al grupo de médicos coludidos.

La Suprema destacó que la organización "intervino directamente y de manera principal en los actos contrarios a la libre competencia que se han tenido por demostrados (...), a lo que se suma que en torno a ella se articuló el completo comportamiento colusorio reprochado".

De hecho, "su primera actuación en la vida jurídica significó la adopción de los acuerdos ilícitos que son objeto de reproche en la sentencia", y "no se acreditó la realización por parte de AGGOÑ de ninguna actividad de interés gremial" más allá del cartel.

Ésta es la segunda vez que la Corte Suprema ordena la disolución de una asociación gremial por un caso de colusión. La primera fue en el llamado "caso pollos", donde se determinó que la Asociación de Productores Avícolas (APA) debía disolverse por haber coordinado el funcionamiento del cartel de productores.

Esta medida se concretó el 29 de diciembre pasado, cuando se inscribió la disolución de la APA en el Registro de Asociaciones Gremiales del Ministerio de Economía, luego de que la Suprema ratificara en octubre las sanciones en dicho episodio.

Quiénes son

El acuerdo colusorio involucró a 25 de los 26 ginecólogos obstetras de la Provincia de Ñuble y se basó en la fijación de aranceles mínimos para las consulta y procedimientos quirúrgicos en la especialidad a través del sistema privado de salud en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y San Carlos.

Los condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia son:

Francisco Baldecchi Quezada
Felipe Camposano Luzzi
Patricio Bertoglia Fuentes
Matías Cox Ureta
René Fabbri Aguilera
José Luis Lama Lama
José Lépez García
Felipe Muñoz Muñoz
Jorge Macchiavelo Rau
Guillermo Ribbeck Vejar
Carlos Rojas Álvarez
Patricia Saavedra Gómez
Sergio Salinas Aguilar
Raúl San Martín González
Alberto Solervicens Mortara
Enrique Tirapegui Gutiérrez
Raúl Vega Muñoz
Marcelo Verdugo Chacón
Jimena del Carmen Viñuela Poirier
Víctor Caro Herrera
Mario de la Cuadra Valdés
María Angélica Bustos Montero
Jaime Osorio Uribe
Marcela Aravena Arroyo
Alexis Arriaza González

Esta sentencia se conoce a sólo un día de que el mercado fuera remecido por la denuncia que presentó la Fiscalía Nacional Económica contra las grandes cadenas de supermercados que concentran el 92,5 por ciento de la industria a través de las marcas Jumbo y Santa Isabel (Cencosud); Unimarc, Bigger, Mayorista 10, Maxi Ahorro, Alvi, Dipac y Comer (SMU); Hipermercado Lider, Lider Express, Super Bodega Acuenta y Ekono, (Walmart).

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