El Consejo para la Transparencia ordenó a la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN) entregar las cifras históricas de la explotación del litio entre los años 1996 y 2020, apuntando principalmente a la extracción realizada por la empresa SQM.
El CPLT acogió un recurso de amparo en contra de dicha comisión, luego que la CCHEN habría hecho una "entrega parcial" de esta información en septiembre pasado, según denunció el solicitante de estos datos, específicamente, la cantidad histórica anual de metal extraído por SQM y sociedades precedentes en más de dos décadas.
"En particular, creemos que la industria del litio presenta muchos problemas de opacidad en distintos tópicos de información, desde aspectos de producción, niveles de extracción, de importación, y los eventuales pagos de tributos vinculados al régimen fiscal, por ejemplo", aseguró el economista e investigador de Fundación Terram, Telye Yurisch.
Sobre la segunda parte del requerimiento, en sus descargos ante el Consejo, la CCHEN señaló que la empresa SQM estaría operando "en virtud de la autorización N° 1576/1995, la que no los faculta a ejercer control sobre el litio neto extraído, sino que solamente sobre las ventas, comenzándose a medir el litio extraído cuando se empiecen a utilizar las cuotas otorgadas mediante el acuerdo N° 2287/2018".
Aun así el Consejo recalcó que "no se ha acreditado suficientemente la inexistencia de la información requerida". Por su parte, desde la CCHEN y SQM no interpondrán un reclamo de ilegalidad.
"No queda sino respetarlo", declaró Tamara Agnic, vicepresidenta del CPLT, tras conocerse el fallo.
"Recordemos que el CPLT no es una institución que tenga demasiados años en nuestro sistema y precisamente su creación vino a fortalecer las instancias que promueven los actos (de transparencia) de las instituciones del Estado", destacó.
Jaime Salas, director ejecutivo de la CCHEN, respondió a Cooperativa que la entidad no tiene prevista la realización de gestiones adicionales. Según argumentó, la información es pública y no tiene restricción de ningún tipo.
Desde SQM, en tanto, afirmaron que no se pondrán a la entrega de los datos mientras se presente de manera anual, según producto y sin afectar intereses comerciales sensibles.
La resolución deberá ser respondida por el Servicio Nacional de Geología y Minería en los próximos días.