Cuba permite desde este martes que sus ciudadanos en el exterior inviertan en la isla, un cambio legal que el gobierno ya había adelantado en un contexto marcado por las presiones de EE.UU. para que La Habana aplique reformas económicas.
Sumida en una profunda crisis estructural y sin acceso a financiamiento multilateral, Cuba intenta promover los lazos económicos y comerciales con los cerca de tres millones de cubanos que se estima que residen fuera de la isla como una vía hacia la recuperación.
El Decreto-Ley 117 y su correspondiente reglamento, que entraron en vigor de inmediato con su publicación en la Gaceta Oficial, establecen la "condición migratoria de inversores y de negocios a cubanos residentes en el exterior", con la que el gobierno busca atraer especialmente a la comunidad cubanoamericana.
El cambio había sido anunciado por primera vez en 2024 y luego, en marzo pasado, el ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Oscar Pérez-Oliva, lo destacó como una de las reformas de alcance económico del gobierno cubano.
El ministro argumentó entonces que la decisión iba "más allá de la esfera comercial" e incluía también "grandes inversiones, especialmente en infraestructuras" de sectores considerados prioritarios como el turístico, la minería y el energético.
La diáspora cubana tiene un importante peso a nivel político y económico en la isla, por su influencia en la política estadounidense, por las remesas que envía al país y por su capacidad para apoyar comercial y financieramente al incipiente sector privado.
"Mismos derechos"
El jefe de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior (Minint) de Cuba, Mario Méndez, aseguró este martes en conferencia de prensa que "los ciudadanos cubanos que obtengan la categoría de inversores y de negocios contarán con los mismos derechos que los que poseen residencia efectiva en el territorio nacional".
Agregó que se trabaja "de forma acelerada" en el establecimiento de otras normativas específicas para que, quienes obtengan esa condición, estén "protegidos" y "puedan invertir directamente en el país" sin necesidad de apoyarse en una "tercera persona".
Méndez indicó asimismo que la nueva norma da fin al concepto de "emigrado", que se le otorgaba a los cubanos que migraron y pasaron más de 24 meses consecutivos en el exterior sin volver al país, aunque fuese brevemente.
Malluly Díaz, subdirectora general de Asuntos Consulares de la Cancillería cubana, indicó por su parte que "la condición se solicita en las entidades consulares a partir de que ese cubano tenga establecida una relación con alguna empresa o entidad económica y posea un proyecto de negocio aprobado en la isla".
Hay aspectos contenidos en la Ley de Migración en Cuba que entrarán en vigencia en 180 días y contemplan, entre otras cosas, que los insulares en el exterior puedan mantener sus propiedades en la isla, pese a permanecer más de dos años fuera.
Asimismo, introduce el concepto de Residencia Efectiva Migratoria, mediante el cual se reconoce como residentes a cubanos o extranjeros que permanezcan en la isla más de 180 días acumulados al año.
Esa condición también podrán obtenerla aquellas personas que, "aun sin cumplir este requisito, demuestren arraigo mediante vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales".