Cada vez que el rey de España es noticia, estalla la polémica. Ya sea por sus compañías, por sus cacerías o hasta por sus accidentes. Esta vez las opiniones divididas surgieron a partir de la decisión de la justicia de rechazar el trámite de dos demandas por paternidad contra el monarca.
El argumento es la inviolabilidad (una especie de inmunidad) que establece la Constitución española para la figura del rey y que detendría cualquier intento de someterlo a una prueba de paternidad.
Un español y una mujer belga aseguran ser hijos del rey Juan Carlos. Decidieron hacer lo que haría cualquier persona que busca el reconocimiento legal paterno: presentaron sus respectivas demandas.
Pero sendas juezas invocaron el inciso 3 del artículo 53 de la Constitución para no admitir el pleito: "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad".
Se trata de la primera vez que se utiliza este argumento en el Derecho de Familia.
¿Qué es la inviolabilidad?
El carácter inviolable del rey supone que no puede ser perseguido judicialmente. Pero es aquí donde surgen las opiniones contrapuestas.
Hay quienes creen que ese "blindaje" legal se refiere sólo al ámbito penal (delitos para los que hay prevista una sanción o castigo como, por ejemplo, la prisión), mientras otros sostienen que se extiende hasta la rama civil (cuestiones referidas a las relaciones entre las personas y/o su patrimonio).
Casi en paralelo también se debate si se debe aplicar a cuestiones de Estado solamente o también a la vida privada del monarca, como en este caso.
Para el catedrático de Derecho Penal Luis Rodríguez Ramos no hay duda al respecto. "Considero que en el ámbito civil (como es el Derecho de Familia) esa inviolabilidad no existe", le explica a BBC Mundo. Para él, la demanda debería seguir su curso.
Y no duda en aventurar que "la Audiencia tendrá que rectificar" esas resoluciones de inadmisión que el periódico El Mundo hizo públicas esta semana.
En la vereda contraria se encuentra Antonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). En su opinión, el rey no debe responder judicialmente por ningún acto, sea de la naturaleza que fuere.
"La inviolabilidad es absoluta en el sentido en que abarca todas las ramas del ordenamiento jurídico", le comenta a BBC Mundo. "No se puede residenciar al rey ante un tribunal".
Es consciente de que este privilegio del que goza el monarca resulta injusto para quienes han interpuesto la demanda.
"Es una injusticia ajustada al Derecho", afirma Torres del Moral.
La fría letra de la constitución
Ángel Sánchez Navarro, subdirector del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (dependiente del Ministerio de la Presidencia), opina en forma similar: "La Constitución no habla de responsabilidad penal, no habla de la civil".
El también profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid sostiene que quienes quieren acotar la inviolabilidad le están agregando letra a la Constitución.
"Al jefe del Estado no se le pueda llevar a un tribunal, no se le puede hacer declarar, no se le puede someter a nada. Lo que se hace es un blindaje", le dice a BBC Mundo.
La decisión de las juezas de familia será apelada. Así se lo confirmó a BBC Mundo Jaume Pararols, el abogado de los demandantes. Pararols está contrariado, pero no sólo por el revés procesal, sino también por que cree que hubo "presiones" para que eso sucediera.
Para sospechar esto se basa, en parte, en el tiempo que tardaron las juezas en decidir. Según relata, fueron apenas unos días "cuando lo normal es que esté aparcado ahí tres meses".
Sabe que llevar adelante la pretensión de sus defendidos, Albert Solà e Ingrid Sartiau, no será fácil. Ella sostiene, según ha publicado la prensa local, que su madre le dijo "ese es tu padre" señalando una imagen del rey.
Solà, por su parte, afirma que su madre biológica mantuvo una relación con el monarca de la que nació él. Y ambos han asegurado que un análisis de ADN indica que la probabilidad de que sean hermanos es de un 91%.
Choque de derechos
La opinión del catedrático de Derecho Civil Luis Martínez-Calcerrada, quien fuera magistrado del Tribunal Supremo, refleja la dificultad de encajar el derecho de los demandantes con la barrera constitucional que protege al monarca.
"La vida íntima está indisolublemente unida con la personalidad del rey", le explica a BBC Mundo. Por ello cree que la inviolabilidad se refiere a la totalidad de los actos del monarca y todas las ramas del derecho. Es decir, su inmunidad se da en todos los ámbitos.
Sin embargo, reconoce que de aplicarla en este caso se dejaría "a merced un derecho tan absoluto como es el de la personalidad, el de acreditar la progenie de un individuo".
"Queda completamente desamparado", apunta.
No quiere entrar a valorar los fundamentos de los demandantes. Simplemente se refiere a su derecho a reclamar lo que ellos consideran justo.
Por eso se termina inclinando a favor de que hacer para "ceder esa inviolabilidad". Considera que el derecho a conocer la filiación "debe estar por encima de cualquier formalismo protector o de tutela del propio rey".
BBC Mundo intentó recoger una opinión de la Casa del Rey pero no logró obtener respuesta de esta institución.
Aún no está dicha la última palabra. Faltan más instancias judiciales para saber si Juan Carlos se someterá o no a una prueba de paternidad. Y seguramente habrá más polémica, como cada vez que los focos se centran en la figura del rey.