La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay declaró inconstitucional una norma aprobada en 2011 que impedía la prescripción de los delitos cometidos por uniformados durante la dictadura uruguaya (1973-1985), por lo que aquellos crímenes podrían quedar impunes y las causas archivadas.
Según el fallo del alto tribunal, difundido este viernes, una normativa interpretativa de la Ley de Caducidad, aprobada por el Parlamento uruguayo hace dos años y que buscaba evitar precisamente esta prescripción, es inconstitucional en dos de sus tres artículos porque no puede aplicarse de forma retroactiva.
El tribunal consideró por una mayoría de 4 votos a 1 que esta norma, al "establecer que no se computarán plazos de prescripción ya transcurridos" y al "disponer de forma retroactiva" que se les añadiera a los delitos el carácter de "crímenes de lesa humanidad", vulneraba "ostensiblemente el principio de irretroactividad de la ley penal" establecido en la Constitución.
Nada más conocerse la decisión judicial Mónica Xavier, presidenta del oficialista Frente Amplio, que impulsó la norma en el Parlamento y que la consideraba como uno de los mayores éxitos de su gestión, expresó a través de la red social Twitter su "dolor" y se sumó públicamente a una marcha convocada para el próximo lunes por su partido en repudio por la resolución.
Otro de los dirigentes de la formación, Juan Castillo, señaló en declaraciones a la prensa local que la decisión "es una barbaridad".
"Es increíble que sigan existiendo artilugios que permitan a los violadores de derechos humanos permanecer impunes. El mensaje que se está dando para las víctimas y familiares es terrorífico", añadió.
La Ley de Caducidad, aprobada en 1986 a la salida de la dictadura y refrendada en dos ocasiones por la ciudadanía en 1989 y 2009, establecía que para juzgar delitos cometidos por uniformados el fiscal debía obtener antes la autorización del Ejecutivo.