El Servicio Nacional del Consumidor presentó una demanda colectiva en contra del Preuniversitario Pedro de Valdivia por modificar el programa de estudios contratado por los estudiantes al inicio de la pandemia.
El objetivo de la acción es que la justicia establezca la compensación correspondiente a todas y todos los consumidores afectados. Además que se le apliquen "las más altas multas" que establezca la Ley del Consumidor al preuniversitario.
Tras el paso de la presencialidad a la metodología online, el preuniversitario les impidió terminar con el contrato a aquellos que no deseaban esta nueva modalidad porque no les adecuaba, sin respetar el derecho a manifestar el consentimiento de los consumidores, lo que implica una infracción al derecho a la libre elección.
Desde el preuniversitario, que no cuenta con supervisión de la Superintendencia de la Educación, también negaron devolver el dinero invertido por los estudiantes y sus familias. Esto provocó que la entidad recibiera más de 400 reclamos por parte de los matriculados que relataron que por la pandemia la institución cerró todas sus sedes.
Por otro lado, en la demanda también buscan que otro grupo de consumidores que sí utilizaron el servicio sean compensados por la diferencia del valor entre los planes presenciales y los que se desarrollan vía online. La recompensa sería la devolución del excedente en vista del servicio que se prestó y que difiere del original.
Respuesta del preuniversitario
El Preuniversitario Pedro de Valdivia justificó sus acciones amparándose en una cláusula de la propia empresa que indica que estas solicitudes son admitidas para aquellos estudiantes que hayan sido matriculados antes de los diez días hábiles anteriores al inicio de clases, siempre y cuando esta persona realizara dicho trámite dentro de un plazo de diez días desde la fecha de matrícula.
Para el Sernac, esta cláusula, además de considerarla como abusiva, no tiene sentido de realidad ya que la mayoría de los estudiantes se matriculan con bastante anticipación al inicio de clases, incluso algunos durante el año anterior.
Es por esto que Lucas del Villar, director nacional del Sernac, explicó que "lo que correspondía era que la nueva modalidad fuera aceptada por quienes habían contratado. Y en caso de aquellos que no estuvieran de acuerdo por diversos motivos, la entidad debía dejar sin efecto el contrato y devolver el dinero pagado".
Además, el Sernac dictó una circular interpretativa estableciendo que los preuniversitarios no pueden impedir a los consumidores ejercer la libre elección a terminar un contrato y solicitar la devolución del dinero, pese a que sí podían ofrecer medidas alternativas al servicio contratado.