Gobernadora de Chiloé sí recibe una pensión de invalidez
Datos del IPS refutan defensa que hizo el PPD de Claudia Placencio.
Datos del IPS refutan dichos del PPD.
Datos del IPS refutan defensa que hizo el PPD de Claudia Placencio.
Datos del IPS refutan dichos del PPD.
La base de datos del Instituto de Previsión Social (IPS) confirma que la gobernadora de Chiloé, Claudia Placencio, recibe una "pensión de invalidez", en medio de la polémica por la ficha de protección social de la recién designada autoridad, que la ubica como parte del 1 por ciento más pobre del país, con 2.119 puntos.
Según el IPS, la gobernadora tiene fecha de pago este lunes 24 de marzo, mientras que en abril está fijado para el día 23, ambos en Ancud.
"Considero que no he obrado mal y no he mentido en cuanto a mi situación (...) finalmente pido que me den la oportunidad de demostrar mis capacidades profesionales, para desarrollar el programa de nuestra Presidenta", dijo esta jornada Placencio.
Claudia Placencio, de profesión socióloga, es defendida por su colectividad -el Partido Por la Democracia (PPD)-, cuyo secretario general, Gonzalo Navarrete, dijo el lunes que "ella no tiene una pensión de invalidez, como aparece también en el diario; entonces, uno se pregunta: ¿por qué ha habido tanta mala intención en la información con una persona que no ha hecho mal uso, dolo ni ha tenido intención de engañar ni de estafar?".
El PPD explica que la gobernadora llegó a vivir a la casa de su pareja a Chiloé el año 2011, a un sector rural de la comuna de Ancud, donde vivía sin luz y sin agua potable.
"Sin trabajo y embarazada, en junio del 2011 comenzó a controlar su embarazo en un Cesfam. Allí se le mantuvo la ficha que tenía desde 2007 y su situación no varió hasta 2012, pero que "lamentablemente la Ficha de Protección Social ha tenido congelados los puntajes, por ende este no ha sido actualizado", dijo Navarrete.
¿Qué es la Pensión Básica Soldaria (PBS) de Invalidez?
Según el sitio del IPS, la pensión de invalidez "es un beneficio económico mensual para las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional, que han sido calificadas como inválidas, y que cumplen con los requisitos establecidos en la ley".
Los requisitos desde julio de 2010 son: