La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rectificó un fallo del Quinto Juzgado Civil y ordenó al empresario José Yuraszeck y a otros cinco ex ejecutivos de Enersis el pago de una multa de 55 millones de dólares, impuesta por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), por su responsabilidad en el aumento artificial del precio de las acciones de la empresa, antes de que ésta fuera vendida a la española Endesa, en 1997.
La resolución de la SVS fue cuestionada judicialmente por Yuraszeck, Luis Fernando Mackenna, Marcos Zylberberg, Marcelo Brito, Arsenio Molina y Eduardo Gardella, quienes lograron que en 2002 el citado tribunal civil considerara que no tenían responsabilidad en el hecho denunciado por el Fisco.
La multa se desglosa de la siguiente manera:
Yuraszeck: 650 mil UF (17 millones 522 mil 231 dólares)
Zylberberg: 650 mil UF (17 millones 522 mil 231 dólares)
Mackenna: 400 mil UF (10 millones 782 mil 911 dólares)
Brito: 200 mil UF (cinco millones 391 mil 455 dólares)
Molina: 200 mil UF (cinco millones 391 mil 455 dólares)
Gardella: 120 mil UF (tres millones 145 mil 292 dólares)
A esto se suman los reajustes e intereses de los últimos años, con lo que la cifra total supera los 75 millones de dólares, por sobre los cerca de 55 millones iniciales.
En el fallo los ministros establecen que los ex ejecutivos de Enersis "privilegiaron sus calidades de accionistas serie B de las Chispas a sus respectivas condiciones de directores de ellas".
"Por una razón de conveniencia personal los reclamantes acordaron con EE (Endesa España) traspasar el esquema de control que detentaban con el grupo Enersis mediante la venta de las acciones serie A y B de las Chispas, lo que les permitiría retener para sí un tercio de los 1.500.000.000 dólares que EE estaba dispuesta a pagar por la operación, en vez de privilegiar el traspaso del control mediante una venta directa de acciones de Enersis por parte de las Chispas, lo que habría permitido a los accionistas de las Chispas obtener un precio mayor al que recibieron en la OPA", indica el documento.
Esto porque casi "el ciento por ciento de los 1.500.000.000 dólares que EE estaba dispuesta a pagar por la operación se habría distribuido entre los accionistas serie A de las Chispas".
De esta forma "antepusieron sus intereses como futuros accionistas y ejecutivos remunerados por Endesa España como parte del precio de venta de sus acciones serie B de las Chispas, a sus obligaciones y deberes como ejecutivos y/o directores del conglomerado de empresas del grupo Enersis, al asumir obligaciones por éstas compañías sin autorización ni consulta previa con sus directores".
Tras ser conocida la resolución sobre lo que se denominó "el negocio del siglo" en 1997, el abogado Pablo Rodríguez, quien representa a Yuraszeck, anunció que se presentará a la Corte Suprema, mediante un recurso de casación "en el fondo, con el objeto de que el tribunal supremo se pronuncie sobre este aspecto, anule este fallo y revoque esta decisión absolutamente inesperada".
En tanro, el abogado de la SVS Francisco Pfesser elogió la extensa resolución y eséra que la Corte Suprema ratifique el fallo: "Estamos confiados. Es un fallo muy categórico, tiene 87 carillas, sustantivo, sólido y con mucho argumento legal".
La Segunda Sala estuvo integrada por los ministros Cornelio Villarroel, Sonia Araneda y el abogado integrante Francisco Tapia.