La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad que presentó el Ministerio Público junto a los querellantes por el fallo que absolvió a los ejecutivos farmacéuticos acusados de adulteración fraudulenta de precios, conocido como el caso de colusión de farmacias.
De esta manera se confirmó que los nueve ejecutivos de Cruz Verde, SalcoBrand y Ahumada quedaron liberados de cargos en el caso de colusión de precios.
Sobre ello, el fiscal Jaime Retamal declaró que "nuestra posición es de respetar el fallo, naturalmente, porque somos hombres de derecho, pero discrepamos de la decisión. Sostenemos, no obstante lo resuelto, que el fallo tenía una serie de errores que meritaban su anulación".
"Lo que siempre sostuvimos, y hemos mantenido esa posición, es que aquí hubo un grupo de personas que acordó fijar precios durante un periodo de tiempo, que hubo un mecanismo de alza de precios, un mecanismo estructurado que permitía al tercer día tener precios idénticos y que eso constituía una maquinación fraudulenta", añadió.
"Todavía nos falta revisar los fundamentos del veredicto que acaba de comunicarnos la Corte, (pero) yo creo que un obstáculo importante fue el tema de la descripción del tipo penal, claramente el tema legislativo es un tema que nos sigue pesando", concluyó el jurista.
En tanto, el abogado Juan Domingo Acosta, representante de la cadena de farmacias Cruz Verde valoró la medida, apuntando a que "lo que describió el Ministerio Público en la acusación, como constitutivos del delito del artículo 285, no se pudieron probar en el juicio, porque lo había que probar en esos hechos, no los que se probaron en el Tribunal de Libre Competencia, que no fueron iguales".
"Primero, no se probaron los hechos de objeción, tal como están redactados, eso jamás habló el Ministerio Público, en segundo lugar, no se desvirtuó la presunción de inocencia de mi concertado y en tercer lugar, los hechos que sí se probaron, no eran constitutivos del delito del artículo 285 del Código Penal", concluyó el defensor.
A su vez, el abogado de Salcobrand, Luis Ortiz Quiroga, aseguró que solo hubo irregularidades de tipo administrativo.
"No existe el delito que se le imputó, porque el delito que se imputaba en realidad era una infracción a la libre competencia que es una infracción administrativa que tiene sanción en esa sede y que en esa sede fue sancionado", aseveró
En tanto, la última instancia para el Ministerio Público es interponer un recurso de queja contra los magistrados que tomaron esta resolución.
El fallo se conoce luego que la Corte Suprema respaldara un proyecto que busca establecer penas de cárcel para la colusión, como lo indicó el presidente del máximo tribunal, Sergio Muñoz.
"El parecer de la Corte Suprema es que puedan existir investigaciones administrativas e investigaciones penales y nunca han existido inconvenientes, de ninguna forma es algo que pueda enfrentarse en las investigaciones. Hay muchos aspectos en que esto se efectúa y en nuestro país estaba específicamente establecido el delito", manifestó Muñoz.
Así, la única sanción que se aplicó a las farmacias por la colusión fue la millonaria multa que dicto el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que en el caso de Cruz Verde y Salcobrand bordeó los 20 millones de dólares.