Corte Suprema ordenó excarcelar a Facundo Jones Huala

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

El máximo tribunal acogió el recurso de la Defensoría Penal Pública, advirtiendo que el comunero está "ilegalmente privado de su libertad".

Según el fallo, el saldo de condena pendiente, que obligó a su extradición desde Argentina, se cumplió el 14 de junio pasado.

Corte Suprema ordenó excarcelar a Facundo Jones Huala
 ATON (archivo)

El líder de la Resistencia Ancestral Mapuche fue extraditado a principios de enero por su participación en un atentado en Río Bueno en 2013.

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La Segunda Sala de la Corte Suprema ordenó la libertad inmediata del comunero argentino Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) quien fue extraditado a Chile a principios de enero para cumplir una condena pendiente.

Según La Tercera, el máximo tribunal acogió el recurso de amparo de la Defensoría Penal Pública este viernes, que sostenía que debe tenerse por cumplido el saldo de pena que lo mantiene privado de libertad, por un ataque incendiario ocurrido en Río Bueno en 2013.

Jones Huala fue sentenciado a nueve años de cárcel en 2018 por el atentado al fundo Pisú Pisué, cuando fue uno de los tres encapuchados que intimidaron con armas a la familia que estaba dentro del predio -incluido un lactante de seis meses-, antes de prender fuego a su vivienda.

El comunero había sido detenido en Argentina en 2017 y extraditado a Chile en 2018, cuando se realizó el juicio oral. A principios de 2022, estuvo en libertad condicional por dos meses, pero una vez revocado el beneficio, se mantuvo prófugo hasta enero de 2023, cuando volvió a ser arrestado en su país de origen.

El fallo de la Suprema argumenta que el saldo de condena que Jones Huala debía cumplir -según la extradición- "era de 1 año, cuatro meses y 17 días; a este periodo de tiempo se debe descontar el abono efectuado por el Juzgado de Garantía de Río Bueno, correspondiente al tiempo que el amparado permaneció privado de libertad en Argentina durante la tramitación de la extradición, correspondiente a 11 meses y 5 días, lo que equivale a 341 días".

"Así las cosas, el saldo que al amparado le resta por cumplir es de 5 meses y 12 días, que corresponden a 162 días. Teniendo presente que el condenado reingresó a cumplir el saldo de pena el 4 de enero del 2024, la pena se cumplió el 14 de junio de 2024, de manera que como se ha venido razonando, se encuentra ilegalmente privado de su libertad", establece la resolución.

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