Conoce el proyecto que busca facilitar el pago pensiones de alimentos
De 200 mil demandas por pensión de alimentos al año, solo hay un 40 por ciento de cumplimiento.
El proyecto propone agregar mecanismos para hacer más efectivo el cumplimiento.
De 200 mil demandas por pensión de alimentos al año, solo hay un 40 por ciento de cumplimiento.
El proyecto propone agregar mecanismos para hacer más efectivo el cumplimiento.
La Comisión de Constitución del Senado analiza proyecto que busca facilitar el pago pensiones de alimentos, debido al alto porcentaje de incumplimiento. El plazo para presentar indicaciones por parte de los parlamentarios finaliza este lunes 20 de enero, a las 12 horas.
Según cifras preliminares, en Chile se presentan cerca de 200 mil demandas por pensión de alimentos al año, de las cuales sólo hay un 40 por ciento de cumplimiento, situación que afecta a cientos de niños y jefas de hogar.
El presidente de la Comisión, el senador Patricio Walker, aseguró que "estamos avanzando en el proyecto que agiliza el pago de las pensiones de alimentos. Hay un porcentaje de incumplimiento enorme, cerca de un 60 por ciento y con este texto legal estamos entregando herramientas para retener los recursos que se pagan por parte del empleador; lo mismo para los contratos a honorarios y pago de indemnizaciones por años de servicios".
En la misma línea, el senador Hernán Larraín, integrante de la comisión, afirmó que "lamentablemente, son muchos los casos y cada vez se demanda más. Eso significa en la práctica que esas pensiones no se están pagando y eso implica una situación muy delicada para muchas familias".
"En parte, este hecho tiene que ver con las dificultades que existen para notificar a las personas y conseguir la retención de la pensión respectiva en el caso de los empleadores" explicó el senador RN y agregó que "hace algunos años se tomaron algunas medidas como es retener la licencia de conducir como un método de presión pero ha sido poco utilizada".
Larraín explicó que con este proyecto se busca enriquecer el proyecto original, hacer que los procedimientos sean más expeditos y que las pensiones tengan "ojalá un 100 por ciento de cumplimiento".
¿En qué consiste la pensión de alimentos?
El Sernam indica que el derecho de alimentos, es uno de los efectos más importantes de la filiación y un deber patrimonial que se hace especialmente exigible cuando se produce el quiebre de la relación de familia. Si el alimentario es un niño, niña o adolescente, el deber de garantizar este derecho es más estricto.
Esta situación es más grave, si consideramos que -en los hechos- es la madre quien por lo general se queda con el cuidado de los hijos, la que en su condición de mujer y especialmente en el ámbito de familia, tiene menos oportunidades.
¿Cómo se determina el monto del pago de las pensiones?
Actualmente existen dos reglas que se deben conjugar para determinar el monto de los alimentos: no pueden ser inferiores al 40 o 30 por ciento de un ingreso mínimo mensual por hijo (el porcentaje depende de la cantidad de hijos) y el monto total de los alimentos no puede exceder nunca al 50 por ciento de las rentas del alimentante.
¿Cómo se pagan las pensiones de alimentos?
Este es un de los principales problemas que busca mejorar el nuevo proyecto integrando ás alternativas dependiendo de si alimentante es trabajador dependiente, independiente o pensionado. Por ejemplo, algunos de los puntos a concordar en el texto legal son:
Si se trata de un trabajador dependiente, se retiene de la remuneración el porcentaje equivalente para pagar la pensión de alimentos que debe.
Si el trabajador es independiente, se propondrá que excepcionalmente sea obligación de quien contrata a honorarios retener de la remuneración el porcentaje de la pensión de alimentos. Asimismo, en el caso de los pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia, correspondería a la institución que paga la pensión.
Además, se facultaría al juez aprobar una forma de cumplimiento distinta al pago en dinero de la pensión de alimentos correspondiente, pudiendo el alimentante pagar directamente ciertos gastos del alimentario.
¿Cuáles son las fórmulas que se están proponiendo para hacer efectivo el cumplimiento del pago?
El proyecto propone agregar mecanismos para hacerlo más efectivo, tales como:
Los retenedores de las pensiones de alimentos, ya sea el empleador, quien contrata a honorarios y la Institución que entrega las pensiones de vejez, invalidez o sobrevivencia, que incumpla con este deber o descuente una cifra distinta, se le impondría una multa y además sería solidariamente responsable del pago de la obligación. Adicionalmente, el juez de familia deberá poner los antecedentes a disposición del Ministerio Público de modo de sancionar al infractor.
En el caso que el alimentante realice pagos parciales, estos no impedirán ni paralizarán el cumplimiento forzado (embargo de bienes o reclusión nocturna) de la obligación de pagar alimentos por parte del alimentante.
También se perfeccionará la tramitación de la suspensión de la licencia de conducir para exigir el cumplimiento del pago de la pensión de alimentos.