"Parelé" al uso indefinido: Contraloría puso límites estrictos a las viviendas fiscales

Publicado:
| Periodista Digital: Redacción Cooperativa

El ente fiscalizador instruyó a municipios y organismos estatales a redactar normativas internas que impidan el aprovechamiento irregular de los inmuebles públicos.

Las autoridades edilicias y jefes de servicio cuentan con solo 60 días para actualizar sus reglamentos, incluyendo protocolos de control y fiscalización de pagos.

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La medida busca establecer plazos máximos de residencia y condiciones claras de mantención para garantizar que estos bienes escasos cumplan su propósito institucional.

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La Contraloría General de la República (CGR) emitió un dictamen que ordena a los servicios públicos y a las municipalidades a regular, mediante normativa interna, la asignación, uso y término de las viviendas fiscales.

El ente fiscalizador informó que la medida busca reforzar "el deber de una gestión eficiente y responsable de estos bienes públicos", apuntando a establecer plazos máximos de uso, condiciones de uso y causales de término.

"Se establece que las jefaturas de servicio y autoridades municipales deben ejercer activamente sus facultades de administración, las que incluyen la posibilidad de fijar plazos máximos de uso, condiciones de mantención y cuidado, y criterios para el término del beneficio, resguardando siempre la disposición legal que señala que, una vez concedida la vivienda, esta no puede ser retirada para beneficiar a otro funcionario de mayor jerarquía", detalla el instructivo.

Contraloría enfatizó que el uso prolongado, indefinido o irregular de las viviendas fiscales "afecta el principio de equidad funcionaria y la correcta administración del patrimonio público, especialmente considerando que se trata de bienes escasos destinados a cumplir un fin público específico".

En ese sentido, el organismo instruyó a todas las jefaturas de servicio y autoridades edilicias a dictar o actualizar los reglamentos, instructivos o protocolos internos que regulen la materia, estableciendo un plazo máximo de 60 días.

"Dichas normas deberán establecer, al menos, los requisitos de postulación y asignación, las obligaciones de mantención, los mecanismos de control y fiscalización, el pago de consumos asociados y las causales y procedimientos para poner término al beneficio", detalló.

El dictamen también ordena que la asignación y el término del uso de una vivienda fiscal o municipal deben ser formalizados a través de actos administrativos fundados, conforme a la ley 19.880.

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