El Senado aprobó y despachó la ampliación de la Pensión Garantizada Universal (PGU), con lo cual el beneficio llegará a más de 70 mil nuevos beneficiarios.
Con la aprobación unánime de la denominada "ley corta", la PGU beneficiará a los mayores de 65 años que se encuentran en el 90 por ciento más vulnerable de toda la población.
Esto debido a que si se toma en cuenta al 90 por ceinto de toda la población de menores recursos del país, el valor de corte es de 683.469 pesos. Pero si se usa como base solo al 90 por ciento de la población de 65 años o más, como ocurría antes de esta ley corta con la PGU, su valor disminuye a 497.468 pesos; ya que los adultos mayores son más pobres que la población general.
Esta pensión garantizada incluye a los adultos mayores que no están jubilados.
La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, destacó que "el aumento de la cobertura del 60% al 90% de la PGU partió en agosto del año 2022, desarrollando el Instituto de Previsión Social (IPS) distintas gestiones para poder llegar a las y los beneficiarios. Sin embargo, se instalaba entre varias personas una sensación de injusticia, porque no entendían el motivo por el que no calificaban, ya que no eran parte del 10% más rico de la población".
La ministra agregó que "así, la ley ha tenido una mejoría importante que va a permitir que ingresen 70 mil personas más, de las cuales 24 mil de ellas que ya habían presentado su solicitud y fueron rechazadas con motivo de la ley vigente, serán recalificadas de oficio sin tener que presentar nuevamente solicitud, a fin de que puedan empezar a recibir este beneficio".
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, sostuvo que si se suman el proyecto de Reforma Previsional con el reforzamiento de la PGU, el perfeccionamiento del componente de capitalización individual y la creación del componente de seguridad social, "vamos a tener en régimen un sistema que, en términos del financiamiento de los beneficios, va a estar muy cercano a 3/3, es decir, va a ser un sistema mucho más equilibrado que el que tenemos hoy".
La iniciativa estipula que esta modificación entrará en vigencia el primer día hábil del tercer mes desde la publicación de la ley y ordena modificar el pertinente reglamento a más tardar el segundo mes desde su publicación.
Además, se regula que el IPS verificará de oficio el cumplimiento de los requisitos de las personas que, habiendo postulado, no accedieron a la PGU por no integrar un grupo familiar perteneciente al 10 por ciento más rico de la población de 65 años o más del país.