Condenan a supermercado por no facilitar el baño a un niño en Antofagasta
El local deberá indemnizar al padre del menor tras incurrir en un "actuar negligente, descomedido y discriminatorio".
El hecho ocurrió el 22 de octubre en el Hipermercado Tottus de Antofagasta.
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En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta sentenció al Hipermercado Tottus al pago de 10 UTM (481 mil 600 pesos) y una indemnización por concepto de daño moral de un millón de pesos para el padre de un menor a quien se le negó el uso del baño del recinto.
Este hecho ocurrió el 22 de octubre en dicho supermercado, cuando mientras realizaban compras, el denunciante llevó a su hijo de tres años al baño percatándose que se encontraban cerrados, y al solicitar las llaves al administrador del local, éste se habría negado razón por la que el pequeño se orinó.
El fallo señala que "la demandada incurrió en un actuar negligente, descomedido y discriminatorio en la prestación del servicio al consumidor, infringiendo con ello los artículos 3° y 23° de la Ley 19.496, negligencia que causó menoscabo al consumidor, debido a la negativa a facilitarle un baño para cubrir la urgente necesidad de su pequeño hijo".