El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió una denuncia de tutela laboral presentada por Pamela Alejandra Carrasco Muñoz y Carolina Edith Gatica Vargas, quienes fueron despedidas de la Gobernación Provincial "con vulneración de las garantías constitucionales de no discriminación y derecho a la igualdad", según determinó el tribunal.
El Poder Judicial informó en su sitio web que el magistrado Joshua Martínez Santibáñez estableció que el despido de las denunciantes se debió sólo a "razones políticas": al hecho de que "no pertenecen al conglomerado político del nuevo gobernador", el UDI Daniel Lilayú, quien asumió en marzo, con la llegada de Sebastián Piñera a La Moneda.
Martínez determinó que las demandantes lograron "demostrar la discriminación indirecta de la que señalan haber sido víctimas al haberse puesto término anticipadamente a sus designaciones".
Las desvinculaciones "se realizaron bajo justificaciones aparentemente fundadas, pero que en realidad obedecieron a otro asunto, esto es, que no pertenecían al conglomerado político del Gobernador que asumió funciones el día 11 de marzo del presente año, lo que torna arbitraria la decisión adoptada".
"Obedeció al cambio de banda"
La resolución agrega que "desde luego la Administración del Estado cuenta con la facultad de poner término anticipado a los cargos temporales (...) Sin embargo, aplicar una facultad legal no implica que necesariamente, por ser así, se verá exenta de vulnerar derechos fundamentales".
El despido "no se basó en hechos objetivos, sino que obedeció más bien, de manera concluyente (...) al cambio de banda política ocurrido al interior de la institución, lo que vulnera el derecho a la no discriminación de las actoras", sentenció.
El Juzgado osornino determinó, en definitiva, que "la demandada (el Fisco) lesionó el derecho fundamental de las demandantes de igualdad y no discriminación y, consecuencialmente, su derecho a la libertad de trabajo con ocasión del término anticipado de las contratas".
Pamela Carrasco será indemnizada con 8 millones 50 mil 70 pesos y Carolina Gatica con 10 millones 898 mil 146 pesos, y ambas sumas deberán ser pagadas "con los intereses y reajustes del artículo 63 del Código del Trabajo conforme corresponda" (ver archivo adjunto).