La Corte Suprema acogió una serie de recursos de protección y pidió al Gobierno cambiar el plan regulador tras la crisis medioambiental del 2018 en Quintero y Puchuncaví.
En un fallo unánime de la Tercera Sala de la Corte, se decidió revocar una resolución de la Corte de Valparaíso, la que había rechazado acciones contra ENAP, Codelco Ventanas, AES Gener y el Ministerio del Medio Ambiente.
En la resolución se plantean 15 medidas para evitar nuevos casos de contaminación, como la realización de estudios para determinar la presencia de gases contaminantes y el traslado de la población vulnerable en situaciones de emergencia.
El senador Francisco Chahuán (RN) planteó que "la autoridad deberá establecer todas y cada una de las medidas para determinar cuales fueron los contaminantes afectados. Segundo, cuáles fueron las industrias afectadas".
"Tercero, que se adopten todos y cada uno de los filtros y medidas para evitar que estos hechos sigan ocurriendo, y evaluar incluso los actuales niveles de emisiones permitidas, para los efectos de restablecerlos aún más", manifestó.
Chahuán añadió que se buscará "establecer también un seguimiento de toda la población afectada para los efectos de poder determinar si hay alguna patología en la respectiva zona y si son atribuibles o no a estos hitos ambientales".
"Acá estamos frente al término de un Estado que abandonó Quintero y Puchuncaví por más de 60 años y se están adoptando medidas concretas para los efectos de restablecer el derecho de los quinteranos y los puchuncavinos a vivir en un medioambiente libre de contaminación", culminó el senador.
Organizaciones valoran decisión
Desde Greenpeace, Matías Asun aseveró que "esta es una sentencia histórica de la Corte Suprema, que marca con claridad la debilidad de la reacción del gobierno en la emergencia que ha enfrentado en la zona de Quintero, Ventanas y Puchuncaví".
"En este sentido la Corte es clara y enfática en señalar que cada vez que se produzca un evento crítico de contaminación, la población vulnerable será trasladada", añadió.
"Con la COP, la cumbre climática de Naciones Unidas a la vista, de la cual Chile será país anfitrión, no queda más camino que hacer cumplir a cabalidad esta sentencia que le da la razón a la gente y a las organizaciones medioambientales", concluyó Asun.
Flavia Liberona, de la Fundación Terram, comentó que "a las medidas decretadas va a haber que ir haciéndoles un seguimiento. Tenemos que estudiarlas, mirarlas y ver en cada una de ellas cuales son las cosas y los plazos que el gobierno tiene que cumplir y por supuesto estar fiscalizando que este fallo se cumpla".
Postura de ENAP
Por medio de un comunicado, la empresa ENAP indicó que "destacamos que la sentencia rechace los recursos interpuestos directamente en contra la empresa pues reconoce que no hay elementos de juicio suficientes para atribuir responsabilidad alguna de los episodios de agosto y septiembre pasado en la zona".
"Valoramos que la sentencia ordene a la autoridad ambiental implementar los estudios pertinentes y con ese análisis adoptar las medidas apropiadas que eviten que ocurran estos sucesos nuevamente en la zona", versa el documento.
La Corte determinó un plazo de un año para que se lleven a cabo estas medidas, entre las que se incluye que el Minsal deberá entregar soluciones para resguardar la salud de la población afectada.