Arraigo nacional para excontroladores del Instituto San Pedro imputados por apropiación indebida

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Autor: Cooperativa.cl

Julio Figueroa y Álvaro Hinojosa sustrajeron dinero del recinto educacional entre 2015 y 2018.

Se evalúa terminar la causa a través de un procedimiento abreviado en octubre.

Arraigo nacional para excontroladores del Instituto San Pedro imputados por apropiación indebida
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Con arraigo nacional quedaron los excontroladores del Instituto San Pedro, ubicado en la comuna de San Pedro de la Paz, quienes se encuentran imputados por el delito reiterado y continuado de apropiación indebida, hecho ocurrido entre agosto de 2015 y noviembre de 2018.

En la audiencia de formalización, la magistrada Silvia Jiménez acogió la solicitud de cautelar presentada por la Fiscalía en contra de Julio Figueroa y Álvaro Hinojosa, fijando el plazo de investigación hasta el 13 de octubre.

De acuerdo al ente persecutor, los imputados se apropiaron de manera indebida de dinero del establecimiento. En el caso de Figueroa, director del recinto, entre marzo y noviembre del 2018 se apropió del pago de mensualidades de, a lo menos, ocho apoderados, por un monto total de 3.400.000 pesos.

Por su parte, Hinojosa, directivo no docente, entre agosto de 2015 y agosto de 2018, se apropió de 82.854.159 pesos del colegio, transfiriendo fondos desde la cuenta de la sociedad educacional sostenedora del instituto, hacia su cuenta personal.

La jueza planteó que "teniendo en consideración los delitos por los cuales han sido formalizados el día de hoy, que no registran antecedentes penales anteriores, que han comparecido voluntariamente a la audiencia, que han indicado un domicilio conocido, uno de ellos dentro de la comuna de Concepción y, asimismo, en la eventualidad de poner término a esta causa a través de un procedimiento abreviado, que no existen antecedentes en la carpeta judicial que permitan presumir un peligro de fuga por parte de los imputados, se estima que la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público de arraigo nacional es suficiente para asegurar la comparecencia de los imputados a las diversas actuaciones del procedimiento, no siendo necesario establecer una medida cautelar adicional como la que pide el querellante".

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