La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó este martes el recurso de apelación presentado por la defensa de Esteban Henríquez Riquelme y Ricardo Delgado Reinao, formalizados junto a Ernesto Llaitul Pezoa, hijo del cabecilla de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, como presuntos coautores de dos homicidios frustrados, un incendio consumado y un incendio tentado perpetrados en septiembre de 2021 en un fundo de la comuna de Los Ángeles.
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –compuesta por los ministros César Panés Ramírez, Mauricio Silva Pizarro y la fiscal judicial María Francisca Durán Vergara– confirmó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, al compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y por existir antecedentes suficientes para presumir su participación en los hechos.
"No se discute que varios sujetos, entre ellos los dos encausados, el día 7 de septiembre de 2021, se dirigieron desde diversos lugares, tanto de esta región como de la Novena Región, hasta el sector La Isla, del Salto del Laja, en la comuna de Los Ángeles, donde pernoctaron durante dos noches en una misma cabaña situada aproximadamente a unos 16 kilómetros del sitio del suceso", consigna el dictamen.
La resolución agrega que, "conforme a la georreferenciación y geoposicionamiento obtenido de la vinculación de los teléfonos celulares utilizados por dichos sujetos con las respectivas antenas de las compañías prestadoras de servicios telefónicos, dio cuenta el persecutor penal que estas personas, entre ellas, los dos imputados de que se trata, al día siguiente, esto es, el día 8 de septiembre del año pasado, salieron de la cabaña y se trasladaron por la misma ruta donde se sitúa el lugar de los hechos, llegando hasta una localidad cercana y luego regresando a la cabaña por otra vía".
"De acuerdo a la misma georreferenciación, según los antecedentes aportados en la audiencia, se posicionó a alguno de estos sujetos, entre ellos a Henríquez, en un sitio aledaño al Fundo Punta Arenas y precisamente en un horario cercano al momento en que se produjeron los hechos, luego de lo cual se perdió el posicionamiento, restableciéndose horas después y ya una vez que los sujetos habrían regresado a la cabaña", señala el documento.
"Este tribunal comparte lo que sobre la necesidad de cautela adujo la jueza de primer grado, puesto que teniendo en consideración la gravedad y el número plural de ilícitos, sus circunstancias de comisión, la sanción legal probable y el hecho de haber actuado los agentes en grupo o pandilla, resulta ser que es precisamente la prisión preventiva, la medida cautelar que idónea, razonable y suficientemente garantiza, hasta el momento, la seguridad de la sociedad en este particular caso", concluyó la corte.
FISCALÍA VALORÓ FALLO
El fiscal de la causa, Juan Yáñez, destacó que "el acuerdo fue unánime y la corte dejó claramente establecida que en estas alturas del procedimiento, y de acuerdo a los parámetros del artículo 140, existían presunciones fundadas y eso es lógico, la corte ha resuelto muy bien".
"Luego las probanzas ya de peso, las probanzas ya explicadas a través de quienes realizan las diligencias se hacen ante el Tribunal Oral y el Tribunal Oral, a través de la inmediación, va a llegar a la convicción y no nos cabe ninguna duda de la condena", agregó el persecutor.
Esta resolución es exclusiva sobre Henríquez Riquelme y Delgado Reinao y no rige para el hijo del líder de la CAM debido a que su defensa, a cargo del abogado Rodrigo Román, a la fecha no ha presentado ningún recurso que vaya en esa línea.
Los tres acusados del ataque serán trasladados al Centro de Cumplimiento Penitenciario Biobío, mismo recinto penal en el que se encuentra recluido Héctor Llaitul.