El Juzgado de Garantía de Concepción dictó la modificación del cumplimiento de la pena para el primer condenado por hechos vinculados al estallido social, Carlos Peyrin Matamala: ordenó que el remanente de la pena de tres años de cárcel efectiva -nueve meses- siga bajo libertad vigilada.
Peyrin había sido condenado tras un juicio abreviado por porte de bomba molotov y el año pasado había recibidio el beneficio de libertad condicional. Sin embargo, en el último mes esta había sido revocada por incumplimiento al plan de intervención.
Esteban Arévalo, abogado de Peyrin, sostuvo que "esta defensa estaba solicitando que se cumpliera la sentencia en el régimen de libertad vigilada. El Tribunal de Garantía de Concepción acogió todos los argumentos de esta defensa, decretando que Carlos Peyrin sale en libertad y cumple la sentencia que le resta en libertad vigilada".
"Pedí una modificación de la sentencia porque se dictó una ley en febrero de este año que permitía la libertad vigilada en el caso de Carlos, lo que estaba prohibido por la ley cuando se dictó la sentencia original", agregó.
Dicha decisión puede ser apelada tanto por la Fiscalía como por los querellantes en la causa, condición que tiene el Gobierno en este caso.
La resolución es paralela a la tramitación de recurso de amparo rechazado por la Corte de Apelaciones de Concepción y que actualmente está a la espera de resolución de la Corte Suprema, para revocar o mantener la decisión de la Comisión de Libertad Condicional.