La Corte de Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de los ocho asesinos de Eleodoro Raiman Coñuel, de 69 años, ratificando así el fallo que los sentenció por el delito de homicidio simple consumado, ocurrido en diciembre del 2019.
La Segunda Sala del máximo tribunal denegó el intento de los comuneros de anular el juicio que los condenó en diciembre del 2021, no obstante, sí acogió la medida subsidiaria de revisar las penas, las que rebajó de 20 a 15 años de presidio efectivo.
Los sentenciados son Esteban Enrique Huichacura Leviqueo, Francisco Alejandro Medina Huichacura, Manuel Jesús Huichacura Leviqueo, Carlos Mauricio Huichacura Leviqueo, Matías Felipe Leviqueo Concha, Eliseo Antonio Raiman Colimán, Guillermo Alejandro Camus Jara y Bernardo Antonio Camus Parra.
Estos sujetos fueron declarados culpables del homicidio simple consumado del adulto mayor y del homicidio simple frustrado de dos de sus nietos: los hermanos Juan Manuel y Camilo Raiman Leviqueo; siete de los comuneros también fueron condenados por lesiones menos graves consumadas en perjuicio del segundo.
El caso se remonta al 29 de diciembre del 2019, cuando los homicidas ingresaron hasta el "Camping Playa Blanca", ubicado en el sector Valle Elicura de la comuna de Contulmo, y con palos, machetes, chuecas y armas de fuego atacaron a los tres hombres, que se resistieron a la toma del terreno.
Ad portas de conocerse el fallo de la Suprema, durnate este viernes se registraron diversos cortes de ruta en la Provincia de Arauco, Región del Biobío, en rechazo al fallo contra quienes algunos consideran "presos políicos mapuche", y en cuyo nombre orgánicas incluso han reivindicado ataques incendiarios.
En abril de este año fue detenido Esteban Carrera, señalado como el noveno implicado en el crimen y quien estaba prófugo desde el día de los hechos.
FISCALÍA VALORA QUE LA INVESTIGACIÓN FUE "VALIDADA"
El fiscal Juan Yáñez, a cargo de las indagatorias de causas de violencia rural en el Biobío, apuntó que "siempre vamos a estar permanentemente siendo objeto de objeción de lo que el Ministerio Público haga, porque se pretende incorporar a este tipo de causas, siempre este concepto de la conspiración o montaje".
Pero, recalcó, "aquí quedó en claro que no hubo nada por el estilo: la investigación fue validada, aquí hubo testigos valientes, ajenos a la familia, y pruebas fehacientes de la participación (de los sentenciados); y, además, de cómo trataron de esbozar una mentira para excepcionar su responsabilidad de haber llevado a la muerte al patriarca de una familia de su propio pueblo, el pueblo mapuche en el sector de Elicura".