La Fundación Daya, organización que investiga y promueve el uso de cannabis como terapia para aliviar el dolor, presentó un instructivo para acreditar el uso medicinal de la planta frente a procedimientos policiales.
Tras el fallo de la Corte Suprema del 22 de marzo, generado por un recurso de amparo presentatado por la fundación, se confirmó que las policías no pueden decomisar plantas de cannabis o detener a sus dueños que las cultiven con fines medicinales o consumo propio.
Esto ocurre tras casos en que varios usuarios medicinales de marihuana, que tenían autocultivos, fueron absueltos de cargos por la tenencia de la planta.
El documento indica que el autocultivo destinado a la atención de un tratamiento médico y consumo personal próximo en el tiempo no está prohibido en Chile.
El comunicado destaca, entre otras cosas, que no se puede ingresar a un domicilio sin una orden emitida por el juez competente. Además detalla los derechos que tiene el detenido: ser tratado como inocente, saber la razón de la detención, contar con un abogado defensor y guardar silencio, entre otros.
Tambien señalan que para una mayor protección, si se es paciente de Daya, es conveniente contar con el certificado de cultivo para fines medicinales y tener junto al cultivo la receta del médico tratante y los documentos que acrediten la enfermedad que se está tratando.
Al finalizar el instructivo se recomienda que no se regale o venda cualquier derivado de la planta. También s indica que regalar un frasco con algún extracto que contenga algún producto elaborado en base a cannabis se enmarca dentro del delito de tráfico.