Conozca la nueva ley de donante universal de órganos
Toda persona mayor de 18 años será considerada como dador.
En caso de expresa negativa, estará refrendada en el carnet de identidad.
Toda persona mayor de 18 años será considerada como dador.
En caso de expresa negativa, estará refrendada en el carnet de identidad.
Este miércoles la Presidenta Michelle Bachelet promulgó la ley de donante universal de órganos, la cual considera a toda persona, a partir de los 18 años, como dadora una vez fallecida.
En el caso de los menores de edad, sólo sus padres o su representante legal podrán autorizar, de manera expresa, la donación de sus órganos.
En tanto, para expresar su negativa a esta condición, ésta se puede hacer patente en el Registro Civil, ya sea al obtener o renovar la cédula de identidad o la licencia de conducir vehículos motorizados, dejándose constancia en dichos documentos.
En caso de duda fundada sobre la renuncia de su condición de donante o la vigencia de ésta, podrán decidir el cónyuge o conviviente que vivía con el fallecido o cualquier pariente consanguíneo hasta el cuarto grado inclusive.
Si existen contradicciones o no sea posible establecer su negativa dentro de un plazo razonable para realizar el trasplante, se considerará al fallecido como donante.
Además, el nuevo marco legal sanciona el tráfico de órganos con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días). Por su parte, la infracción a las normas sobre divulgación de información se sancionará con una multa de 20 a 50 UTM (que van desde los 700 mil pesos a los dos millones de pesos).