Administrador de edificio cuestionado por discriminación se defiende
Jorge Aliaga aseguró que el reclamo fue debido a que la menor se bañó con una polera y no por ser hija de la nana.
"Es una forma de desviar la atención de lo que fue inicialmente el reclamo", sostuvo María Gabriela Rubio, la propietaria afectada.
Los afectados pueden interponer acciones legales.
El administrador del edificio en que fue denunciado un caso de discriminación a una asesora del hogar precisó que la falta al reglamento interno fue que una menor se bañó en la piscina usando una polera.
Jorge Aliaga explicó que "me pareció curioso que había un menor, que terminó teniendo 16 años, bañándose con ropa en la piscina y que era el hijo de la nana, entonces esta persona lo único que dijo es ¿Por qué está bañándose vestido si el reglamento interno dice que no se puede bañar vestido?".
Aliaga aseguró que cada propietario puede invitar a dos personas a la piscina y que los hijos de la asesora del hogar la había ocupado sin problemas, y que el matrimonio que dió a conocer el caso aceptó tácitamente el reglamento interno al no asistir a las asambleas ni sugerir modificaciones.
María Gabriela Rubio, la propietaria que viralizó la denuncia, rechazó este comentario y sostuvo que "es una forma de desviar la atención de lo que fue inicialmente el reclamo. Efectivamente esta vecina, ya posteriormente a que esto había sucedido, hace un reclamo porque la chica se estaba bañando con polera, cosa que a mí también me parece una tontera".
"Lo que interesa es que efectivamente tenemos un reglamento que indica que los familiares de las nanas no pueden utilizar la piscina, no pueden ser invitados por los propietarios, y eso es lo que quiero que se modifique", añadió la vecina del edificio.
Además, Rubio cuestiona la postura de Aliaga, asegurando que en el reclamo no se consignaba el uso de polera, sino que se hablaba directamente de la asesora del hogar.
La familia afectada espera plantear el tema en una asamblea extraordinaria, pero también evalúan las acciones pertinentes para sentar un precendente en torno al contenido de los reglamentos.
@Cooperativa 1. Sr. Aliaga tergiversa la informacion. El reclamo no fue por vestimenta. Acá les envío foto del acta dd consta el reclamo pic.twitter.com/O8uxD7OxmV
— Maria Gabriela Rubio (@mgabirubio) December 16, 2016
@Cooperativa 2. En acta se lee: Se le comunica a empleada dpto 85 que por reg del edif. sus fliares están excluidos de uso de piscina
— Maria Gabriela Rubio (@mgabirubio) December 16, 2016
Abogado: No tiene justificación
De acuerdo al abogado Esteban Szmulewicz, los copropietarios regulan el reglamento interno de cada edificio, pero no pueden vulnerar la legislación actual del país.
"Me parece que se establece una distinción ahí entre las personas que no tiene una justificación razonable, que no tiene una justificación objetiva y por lo tanto es inconstitucional, vulnera el artículo 19 número 2 de la Constitución y también vulnera la Ley Antidiscriminación", precisó.
"La persona que se siente discriminada puede presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones respectiva o bien incluso en este caso una acción antidiscriminación", recordó el abogado.