Dirección del Trabajo revisará si hay empresas que abusan de la Ley de Protección al Empleo

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

El subsecretario Fernando Arab explicó en Cooperativa que esta norma excluye a compañías que "siguen teniendo importantes ingresos".

Habrá una evaluación ex post, y si se descubren irregularidades, las sociedades arriesgan disolución y las personas penas de cárcel.

Dirección del Trabajo revisará si hay empresas que abusan de la Ley de Protección al Empleo
 ATON (Referencial)

La CUT ha alegado que las grandes empresas están cometiendo "abusos por doquier" con la ley aprobada en medio de la crisis Covid.

Llévatelo:

El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, advirtió en Cooperativa que la Ley de Protección al Empleo -que permite a los empleadores suspender contratos laborales sin romperlos, manteniendo la relación con sus colaboradores- contempla duras sanciones en caso de "abusos".

La ley busca, según el Gobierno, proteger las fuentes laborales de los trabajadores para que éstos puedan acceder a prestaciones y complementos del Seguro de Cesantía cuando se suspendan los contratos, tras pactos con el empleador por efectos de la pandemia.

Sin embargo, en la víspera la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) acusó "abusos por doquier", en particular de las grandes empresas.

Para empresas "que no están teniendo importantes ingresos"

Arab dijo hoy a Cooperativa que "el objeto de esta ley es proteger los puestos de trabajo; es decir, que los trabajadores no sean despedidos".

"Ésta es una ley que busca beneficiar a los trabajadores, independientemente del tamaño de la empresa en que el trabajador labora. Esta ley viene a ser un respiro a aquellas empresas, medianas o grandes que la están pasando mal y que hoy no están teniendo ingresos", agregó Arab.

Al mismo tiempo, advirtió que "si la Dirección del Trabajo (DT) determina que hay empresas que están abusando de la norma -que no necesitan esta ley, porque siguen teniendo importantes ingresos- la Dirección del Trabajo va a tener que derivar los antecedentes a los tribunales: tanto los tribunales civiles, para la aplicación de multas, como los tribunales penales, para la eventual aplicación de sanciones", dijo el subsecretario.

"Muy drástica y categórica"

La ley "establece hasta cinco años de presidio a aquél (la persona) que abuse de la norma".

Al mismo tiempo, "aquella empresa que abuse de la norma y que sea sancionada va a tener la imposibilidad de contratar con el Estado por dos años, lo que es una sanción en materia laboral más alta que existe", y puede también perder su personalidad jurídica.

La Dirección del Trabajo, "una vez que las empresas ya se han inscrito, ya hayan accedido (a la ley), va a revisar que se cumplan ciertos requisitos. Esos requisitos los va a tener que ir determinando la DT" con una "revisión posterior".

"La ley busca amparar a los trabajadores, pero la ley, por otro lado, es muy drástica y categórica", cerró.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter