Leyes antitabaco: Países buscan cumplir con la OMS

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Autor: Cooperativa.cl

Las normativas internacionales son cada vez más severas en el control de la publicidad y el consumo del tabaco, a la búsqueda de cumplir con el convenio asumido ante la Organización Mundial de la Salud.

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Por Claudio Cuevas ccuevas@cooperativa.cl

 

Lugares donde está estrictamente prohibido fumar, el aislamiento cada vez mayor de los consumidores de cigarrillos y similares y los severos castigos monetarios a quienes no cumplen con la ley copan a cada vez más cuerpos legales en el mundo.

 

Iniciativas como la que se discute en el Congreso chileno ya rigen en otras naciones. La última y con más exposición pública, especialmente por su severidad, es la española.

 

España, al igual que otros países, busca cumplir con el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco, adoptado el 21 de mayo de 2003, que exige que los países impongan restricciones a la publicidad, al patrocinio y a la promoción del tabaco, adopten un nuevo envasado y etiquetado de los productos de tabaco, establezcan controles para velar por un aire limpio en ambientes interiores, y fortalezcan la legislación para combatir enérgicamente el contrabando de tabaco.

 

En la península ibérica comenzó a regir el 1 de enero la ley 21.261, que establece una serie de medidas sanitarias frente al tabaquismo y regula la venta, el suministro, consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

 

La ley prohíbe fumar prácticamente en toda España, a excepción de lugares abiertos, como la calle. Edificios públicos, recintos sanitarios, aeropuertos, terrapuertos, transporte público. La lista es interminable.

 

Al igual que en Chile se podrá fumar en salas de juego, salas de fiesta, centros de atención social, hoteles, hostales y establecimientos análogos, bares, restoranes, mientras su superficie exceda los 100 metros cuadrados, de los cuales sólo el 10 ciento podrá ser destinado a los consumidores de tabaco, que deberán estar separados físicamente del resto de las dependencias, con equipos de ventilación independiente y contando con otros dispositivos o mecanismos que permitan eliminar el humo.

 

En Italia, se prohíbe fumar en los locales cerrados, con la excepción de aquellos locales privados no abiertos a usuarios o al público y aquellos reservados a fumadores y debidamente señalados.

 

La medida afecta a las escuelas, hospitales, oficinas de la administración pública, vehículos de motor de propiedad del Estado, agencias públicas y de concesionarios privados de los servicios públicos para el transporte colectivo, además de un extenso etcétera.

 

Brasil, en tanto, restringe por completo la venta a menores de 18 años, la venta por vía postal, la distribución de muestras o regalos, realización de visitas promocionales o distribución gratuita en establecimientos de enseñanza o locales públicos de productos del tabaco.

 

Además, se controla la comercialización cerca establecimientos de educación, establecimientos de salud en organismos o entidades públicas.

 

El Convenio Marco de la OMS fue aprobada por todos los miembros del organismos, 192 país, por lo que se espera que, a futuro, este tipo de normativa se extienda por todo el mundo, cambiando la vida a cerca del 30 por ciento de la población fumadora. (Cooperativa.cl)

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