Gobierno publicó reglamento para la neutralidad de internet
Subsecretaría de Telecomunicaciones publicó en el Diario Oficial la normativa.
Con ella, los proveedores no podrán bloquear contenidos ni aplicaciones disponibles en la red.
Subsecretaría de Telecomunicaciones publicó en el Diario Oficial la normativa.
Con ella, los proveedores no podrán bloquear contenidos ni aplicaciones disponibles en la red.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones publicó este viernes en el Diario Oficial el Reglamento de la Ley de Neutralidad de Red que fue promulgada el 2010.
Contando con la aprobación de la Contraloría General de la República, la normativa establece la prohibición de bloquear arbitrariamente aplicaciones, servicios y contenidos en la web. De esta manera, el Gobierno especificó las conductas restrictivas para no dar pie a distorsiones en las interpretaciones de la ley.
El ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz, manifestó en un comunicado que "las personas tendrán ahora mucha más información para elegir al proveedor que ofrezca mejores condiciones en los planes de Internet".
Según se apuntó en el mensaje emitido por el organismo gubernamental, aunque los proveedores pueden seguir administrando sus redes, no pueden utilizar el poder sobre el tráfico para bloquear contenidos o aplicaciones que ofrece la red.
Las empresas que entreguen el servicio deberán informar apropiadamente a sus clientes sobre la velocidad de transferencia en sus conexiones, con el fin de que los usuarios cuenten con los datos necesarios para elegir un servicio. Todas las medidas deberán ser acatadas en un plazo de 120 días.
Así las empresas tendrán que publicar en un sitio web todos los indicadores de calidad de servicio de sus planes y por su parte el Ministerio presentará un modelo de fiscalización de las redes y verificación de velocidad real de conexión que estará a disposición de los consumidores, para que verifiquen las condiciones del producto adquirido.