Corte Suprema condenó a ex carabinero por crimen de alcalde de Chillán en 1973

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Autor: Cooperativa.cl

Luis Gajardo Arenas cumplirá una pena de cinco años de cárcel.

La familia Lagos Ojeda fue asesinada a pocos días del golpe de Estado.

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La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los homicidios calificados de Ricardo Lagos Reyes, su esposa Alba Ojeda Grandón,  y su hijo Carlos Lagos Salinas, ocurridos en Chillán el 16 de septiembre de 1973.

En fImagenallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal determinaron que ex coronel de Carabineros Luis Gajardo Arenas cumpla una pena de cinco años por su participación como autor en los tres homicidios.

Por su parte, Patricio Jeldres Rodríguez fue absuelto de la acusación de encubridor de los tres homicidios por no tener participación.

La sentencia se adoptó con el voto en contra de los ministros Nibaldo Segura y Rubén Ballesteros, quienes estuvieron por acoger la excepción de la prescripción de la acción penal. En el aspecto civil, se acogió la excepción de incompetencia absoluta del tribunal y anular la indemnización de perjuicios a la que había sido condenado el Fisco.

Ricardo Lagos Reyes, militante del Partido Socialista y alcalde de la ciudad de Chillán, fue asesinado a balazos en su propia casa durante un allanamiento realizado por Carabineros el 16 de septiembre de 1973.

Lagos, de 47 años, murió junto a su hijo Carlos, un estudiante universitario de 20 años, y a su esposa, una funcionaria pública de 29 años que estaba embarazada de seis meses, a causa de heridas múltiples causadas por disparos de armas de fuego.

Las autoridades castrenses afirmaron entonces que las víctimas habían muerto al enfrentarse con armas a las fuerzas del orden, lo que quedó desvirtuado en la investigación judicial por declaraciones de testigos.

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