La ministra en visita de casos de DD.HH. Paola Plaza condenó a tres exagentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por el homicidio calificado de Ronnie Moffitt, que murió en un autobomba en 1976 frente a la embajada de Irlanda en Washington D.C., Estados Unidos.
Los exagentes son Pedro Octavio Espinoza Bravo, José Octavio Zara Holger y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, que fueron sentenciados a la pena de 15 años de presidio por su responsabilidad como autores del delito mencionado.
La investigación de la ministra Plaza justificó que Moffitt perdió la vida a los 25 años "a raíz del estallido provocado por un artefacto explosivo instalado a un travesaño lateral del chasis" de un vehículo Chevrolet Chevelle Malibú Classic, el día 21 de septiembre de 1976.
En la detonación también falleció Orlando Letelier, exembajador de Chile en EE.UU. y excanciller durante el Gobierno de Salvador Allende (1970-1973), que conducía el vehículo; y de quien Moffitt era su secretaria.
Por último, en el auto se encontraba el esposo de Ronnie, Michael Moffitt, que salió ileso.
Un atentado planificado y estudiado "cuidadosamente"
El acontecimiento ocurrió "con ocasión de un plan desarrollado por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), cuya máxima autoridad recaía en el general Manuel Contreras Sepúlveda y cuyo jefe de operaciones era Pedro Octavio Espinoza Bravo. Bajo un contexto de orgánica, se llevaron a cabo una serie de atentados afuera del territorio nacional contra la vida de ciudadanos chilenos", afirma el fallo.
La primera etapa del asesinato "consistió en comisionar a un funcionario de la DINA, el capitán Armando Fernández Larios, para viajar a Paraguay y conseguir pasaportes que le permitieran a él y un grupo operativo viajar posteriormente a Estados Unidos", relata la resolución de la ministra en visita.
"Las mismas instrucciones recibe Michael Vernon Townley Welch, quien se suma a estos y también los contactos que habían establecido con el grupo cubano denominado Movimiento Nacionalista Cubano, a los que se había encomendado a efectuar seguimientos a Orlando Letelier del Solar", agrega.
Posteriormente, "el 18 de septiembre de 1976, todo el equipo se traslada hasta el domicilio de Orlando Letelier del Solar para abocarse a un reconocimiento del área, análisis de rutina, revisión de traslados, y luego se da cuenta de las gestiones al teniente coronel Pedro Espinoza Bravo, encargado de controlar la operación, quien con la información recibida y canalizándolo a través de los conductos jerárquicos, imparte la orden de instalar un artefacto explosivo bomba", sostiene el fallo.
Con estas acciones, "los oficiales chilenos a cargo del operativo, desde los actos iniciales de ejecución del delito -esto es, la preparación, la elección de los agentes, los medios económicos y las coordinaciones en el extranjero-, los estudiaron cuidadosamente, lo cual permite señalar que éstos de manera consciente decidieron consumar el ilicito, como también las consecuencias y alcances de éste, controlando el desarrollo y realización del hecho material", cierra.