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¿Justicia o prejuicio? Dudas tras formalización del carabinero que atropelló a un hincha de Colo Colo

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Autor: Cooperativa.cl

La jueza Andrea Acevedo tematizó la condición de barrista del fallecido Jorge Mora y la "carga histórica" de la Garra Blanca.

Sin existencia de peritajes, especuló que la víctima pudo cometer "una exposición imprudente" o encontrarse en "estado etílico", ya que "venía saliendo de un partido de fútbol".

"Por más que haya voces sobre el derecho a manifestarse, se nos han olvidado los deberes y las limitaciones", reflexionó también, aludiendo a la crisis social.

¿Justicia o prejuicio? Dudas tras formalización del carabinero que atropelló a un hincha de Colo Colo
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Andrea Acevedo dijo "Carpe diem" y llamó a no adelantar juicios respecto al carabinero. A continuación, dijo que en este hecho "a lo más hay una conducta negligente, pero justificada", y que el imputado "en ningún caso" va a terminar preso.

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Varias frases polémicas lanzadas con actitud teatral, pero también una duda instalada sobre su real imparcialidad dejó la actuación de la jueza Andrea Acevedo, del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, durante la audiencia de formalización de Carlos Martínez, funcionario de Carabineros que conducía el camión que el martes atropelló y dio muerte a Jorge Mora, un hincha de Colo Colo, afuera del Estadio Monumental.

La magistrada desestimó el arresto domiciliario que pedía la Fiscalía y la calificación de "violencia innecesaria con resultado de muerte" propuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, que actuó como querellante. Al cabo de esto, dictó las medidas cautelares de firma semanal y arraigo nacional para Martínez.

La resolución de la jueza provocó rápidas reacciones en redes sociales, tanto por la utilización de expresiones como "Carpe diem", como por sus comentarios de índole sociológica respecto a la naturaleza de la "Garra Blanca", y políticos en relación con el supuesto resquebrajamiento del Estado de Derecho y pérdida de la propia noción de "derechos y deberes" durante la actual crisis social.

Acevedo hizo presente que el fatal accidente se produjo en "circunstancias no menores".

"Estamos en presencia de un hecho que ocurre luego de finalizado un encuentro deportivo con dos equipos de fútbol, uno de los cuales –Colo Colo- tiene por desgracia, una carga histórica que para el deporte no hace ninguna contribución: esta famosa Garra Blanca, cuyos hinchas –o así denominados- tienen una actitud no muy acorde a las reglas sociales y al Estado de Derecho en general. Podrá no gustarnos, pero hay aún un Estado de Derecho", dijo la magistrada.

"No le estaban lanzando flores"

Acevedo desestimó el delito de violencia innecesaria planteado por el INDH "porque para eso se requiere una acción dolosa en el ejercicio de las funciones que estoy desempeñando, donde –de alguna manera- me aprovecho del cargo". 

En este caso, indicó, el imputado no estaba cumpliendo labores de resguardo del orden público, sino sólo oficiando como conductor de un camión para el traslado de caballos.

En dicho contexto, "tuvo que enfrentar una situación que no es normal", como fue el ataque al vehículo en el que se encontraba. La Ley de Tránsito, continuó, refiere el respeto a las normas de velocidad y prudencia, pero atendiendo a las "condiciones existentes en el momento", lo que obliga a considerar los riesgos eventuales.

"Aquí no estamos hablando que a él le estaban lanzando flores o le estaban lanzando challa. Le estaban lanzando objetos contundentes", enfatizó.

"Se nos han olvidado los deberes y las limitaciones"

"Yo me pregunto si un particular cualquiera, enfrentado a la misma situación, no pondría en marcha el vehículo para tratar de huir. Aquí lo que varía es el uniforme, que atrae sobrerreacciones, como creer que (los civiles) tienen derecho de que por ser carabineros (los que tienen al frente) lo pueden agredir. Por más que haya voces de que es el derecho a manifestarse (...) Se nos han olvidado los deberes y las limitaciones", razonó, en un comentario de implicancias que se alejan del caso concreto.

Acevedo especuló luego -pese a que admitió no tener a mano ningún informe en dicho sentido- que el fallecido Jorge Mora pudo haber estado bajo la influencia del alcohol, atendida la circunstancia de que "venía saliendo de un partido de fútbol"; y que este factor pudo incidir en el accidente.

"Por desgracia –no lo voy a negar- este hecho (el atropello fatal) ha traído un lamentable e irreparable resultado; no hay forma de reparar la muerte de una persona. Eso no tiene ninguna posibilidad de reparación económica, moral, de ninguna índole. Sin embargo, está pendiente el informe de la SIAT (Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito de Carabineros), y habrá que ver otros elementos, además del lugar físico donde se encontraba la víctima, porque también hay que ver hasta qué punto hay una exposición imprudente al daño; si estaba habilitado para cruzar y, por otro lado, el estado etílico: pensemos que él venía saliendo de un partido de fútbol", lanzó.

"Carpe diem"

Dada la falta de antecedentes más acabados, la jueza Andrea Acevedo dijo que "hacer siquiera un juicio de condena o de reproche total en este estadio procesal, donde está partiendo la investigación, parece absolutamente desproporcionado e innecesario (respecto al carabinero). Lo que hay es lo que tenemos hasta hoy. Carpe diem; es decir, miremos el presente, no el futuro".

Contradiciéndose a sí misma aventuró, sin embargo, que en este caso "a lo más hay una conducta negligente, pero justificada", ya que "estaba en peligro no sólo él, sino también el acompañante".

"La propia pareja de la víctima dijo que estaba la famosa Garra generando disturbios, y la vecina también dice 'salgo y veo encapuchados'. No me venga, por favor, con el discurso de que el camión atropelló en circunstancias en que estaba sólo él, la víctima".

Finalmente, y dado que en su consideración no corresponde el delito de violencia innecesaria alegado por la Fiscalía, sino un cuasidelito, "considerando que el tope de la pena son tres años de privación de libertad, (...) y que el imputado no tiene antecedentes penales previos, al tribunal le parece más que proporcional, racional y prudente dejarlo con una firma semanal y un arraigo nacional" como medidas cautelares, "por no justificarse una mayor necesidad de cautela"-

"En ningún caso él va a estar privado de libertad" al término del proceso, sentenció.

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