Por infanticidio e inhumación ilegal fue formalizada este jueves una mujer de 19 años, acusada de dar a luz en su casa y luego enterrar a su hijo recién nacido en un cementerio de mascotas en la comuna de Talcahuano, Región del Biobío.
El caso fue dado a conocer ayer por una amiga de la mujer, quien denunció que la investigada tuvo al bebé en su domicilio y que -según su versión- éste había nacido sin signos vitales.
Acto seguido, vio cómo la joven metió a la guagua en una mochila mientras le anunciaba que la enterraría, por lo que se retiró del lugar atemorizada. Minutos más tarde, su amiga volvió a llamarla para informarle que ya había sepultado al bebé en el cementerio de mascotas del Parque Tumbes.
Debido a esto, la mujer fue detenida y formalizada esta jornada, instancia en la que el Ministerio Público expuso una serie de antecedentes, entre ellos un preinforme de autopsia.
El fiscal Enzo Osorio sostuvo que la mujer "dio a luz a un niño, que sobrevivió al parto, y a quien la imputada le impidió respirar, como consecuencia de lo cual el neonato presentó un síndrome asfíctico que le provocó la muerte en el mismo lugar".
"Durante el embarazo y el parto la imputada no recibió y no se procuró asistencia médica alguna. Horas más tarde, en el curso del mismo día, la imputada trasladó el cuerpo de su hijo fallecido hasta un sitio eriazo, lugar que es utilizado como cementerio de animales y enterró el cuerpo envuelto en una prenda de vestir", detalló.
Montserrat Varela, defensora penal pública, cuestionó el trabajo realizado por el Servicio Médico Legal, indicando que "lo lógico sería que el preinforme de autopsia por lo menos diera alguna luz sobre qué tipo de asfixia o cuál es el mecanismo por el cual se produce esta asfixia, y hay distintos tipos de asfixia, externas, internas. Están las asfixias mecánicas, que producen ciertos signos determinados que no sabemos si hay en este caso, como marcas en el cuello o alguna seña de que hayan ejercido alguna presión en el rostro del niño. Tampoco hay signos de ahorcamiento o estrangulación, tampoco de sofocación".
"Todas estas son hipótesis distintas de asfixia que son especulaciones, porque el preinforme nada dice sobre eso", insistió.
ARGUMENTACIÓN DEL JUEZ
El juez Felipe Norambuena afirmó que los antecedentes expuestos no acreditaban la participación de la detenida en el delito que se estaba investigando, por lo que desestimó la prisión preventiva que solicitaba la Fiscalía y determinó la medida cautelar de arraigo nacional.
En su resolución, señaló que los antecedentes presentados no pueden "concluir la existencia de una muerte de un no nato con carácter doloso y, desde luego, tampoco fluyeron antecedentes para atribuirle participación a la imputada".
"Eso sin perjuicio de que con el discurso del procedimiento, con la prueba científica o de otra naturaleza pudiera vincularse o aclararse las causas de la muerte del no nato. Todas las demás apreciaciones cuestionamientos éticos, cuestionamientos de acciones o omisiones, el cuidado o no cuidado durante el embarazo, la concurrencia o no a un hospital (...) son del todo irrelevante para la decisión de las medidas cautelares en esta audiencia y que darán el reproche ético que pudiera ser la familia, la sociedad, la prensa o un vecino", puntualizó Norambuena.
La medida de arraigo nacional por los cuatro meses que dieron para la investigación fue lo determinado por el juez, algo que no dejó conforme a Fiscalía, que baraja la opción de apelar.