Durante la tarde de este miércoles el Senado despachó la denominada "Ley Emilia" que busca incrementar las penas a los conductores que circulen en estado de ebriedad y causen la muerte o provoquen lesiones graves a personas.
En la jornada los parlamentarios aprobaron cinco puntos de una indicación para que las sanciones por este delito comiencen a partir de los cinco años y un día de prisión.
Los puntos aprobados por los senadores que se consideran como agravantes en el caso de ocurrir un accidente a causa de la ingesta de alcohol son:
- Conducir con más de 1,2 gramos de alcohol en la sangre
- Superar en 30 kilómetros por hora o más la velocidad máxima autorizada en el lugar de la comisión del hecho.
- Que haya sido condenado o beneficiario de una suspensión condicional del procedimiento o de un acuerdo reparatorio
- Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o si este fuera falso o anulado.
- Cuya profesión u oficio consista en el transporte de personas o bienes y el delito haya sido cometido en el ejercicio de sus funciones.
El senador de RN Alberto Espina, detalló con esta ley "esa pena se eleva de cinco años y un día a 10 años en seis circunstancias, cualquiera sea la que concurra".
"Si la persona vaya con un grado de consumo de alcohol de 1,2, que la persona haya vuelto a cometer el delito a pesar de tener el juicio suspendido, que vaya a más de 30 kilómetros por hora de la velocidad permitida en el lugar donde se produce el accidente, que se trate de una persona que se trate de un profesional de la conducción, que alguien conduzca con un carnet falso o que le hayan quitado el carnet, que la persona vaya conduciendo en estado de ebriedad y, además, con drogas", reiteró.
Tras el debate en particular, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite, en la Cámara de Diputados.