Pensionados pueden cobrar el dinero de su seguro de cesantía

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Autor: Cooperativa.cl

Cuando un trabajador jubila puede disponer de los fondos que ha acumulado durante su vida laboral para casos de cesantía, dinero que además está exento de impuestos.

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El seguro de cesantía consiste en aportes que realizan el empleador y el trabajador a una cuenta especial, que administra la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) para que en caso de que la persona pierda su empleo pueda realizar giros mensuales.

 

Cómo funciona el seguro

 

La cantidad de pagos que se pueden obtener de parte del seguro varía según el motivo de término del contrato del trabajador; y, por ejemplo, si una persona es despedida por necesidades de la empresa tiene derecho a un pago por cada año cotizado al seguro, con un máximo de cinco.

 

Estas entregas son con cargo al saldo de su cuenta individual, y si ésta se queda sin fondos, los pagos se hacen con cargo al fondo de cesantía solidario.

 

En caso de que el trabajador finalice voluntariamente su relación con la empresa tiene derecho a un pago de cesantía por cada año cotizado al seguro con un máximo de cinco, financiados exclusivamente con dineros de su cuenta individual y, en la situación de estar contratado a plazo fijo o por faena, tiene derecho a retirar de una sola vez el saldo remanente en su cuenta individual.

 

En caso de no hacer retiro de los fondos de la cuenta al terminar una relación laboral, el dinero permanece ahorrado para ser utilizado a futuro en caso de necesidad.

 

Trabajadores pensionados

 

De acuerdo a la normativa legal, todos los trabajadores dependientes mayores de edad contratados después del 2 de octubre de 2002 están sujetos al seguro de cesantía, y en caso de que la persona se pensione, independiente de la causa, puede disponer en un solo giro de todos los fondos existentes en su cuenta sin tener que pagar impuestos por ese dinero.

 

Considerando un trabajador con contrato indefinido que cuente con este seguro cotiza mensualmente el 0,6 por ciento de su sueldo y el empleador aporta un monto equivalente al 2,4 por ciento de la remuneración imponible, retirar estos dineros al pensionarse puede proveer al ex trabajador de un importante apoyo financiero. (Cooperativa.cl)

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