Corte falló que El Teniente tampoco debe internalizar a subcontratados

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal de alzada de Rancagua le dio la razón a Codelco en el conflicto con la Dirección del Trabajo y dejó sin efecto el dictamen sobre operarios de terceras empresas que laboran en la división.

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Por dos votos contra uno, la Sala de Verano de la Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de protección presentado por la división El Teniente de Codelco y las empresas Cimm Tecnologías y Servicios y Construcción Conos Limitada, contra la Dirección Regional del Trabajo.

 

El fallo de este viernes deja sin efecto el documento emitido con fecha 5 de diciembre de 2007 que ordenaba la corrección del régimen laboral de los trabajadores subcontratistas en un plazo de 15 días, so pena de una multa.

 

Hasta el momento, la empresa estatal, que aseguraba que el dictado de la Dirección del Trabajo era arbitrario y privaba, perturba y amenaza sus derechos constitucionalmente resguardados, no ha comentado el fallo.

 

La reacción a la medida judicial vino desde el vicepresidente nacional de la Confederación de Trabajadores del Cobre, Manuel Ahumada, quien lamentó la resolución, pese a señalar que era "esperable".

 

"Lógicamente el paso a nivel judicial es apelar. Esto era de alguna manera esperable, ya que aquí entraron en contradicción el Poder Ejecutivo y el Legislativo", afirmó, agregando que continuarán las negociaciones en curso con la empresa, que deberán tener un resultado antes del 14 de marzo.

 

"En este momento estamos en una mesa de negociación con Codelco que tiene plazo hasta marzo para resolver todos los temas, donde uno de los puntos es precisamente el cumplimiento de la ley de subcontratación", dijo.

 

Panorama del conflicto

 

Con esta nueva resolución, La Corporación Nacional del Cobre (Codelco) ganó cinco de los seis recursos de protección que presentó contra el dictamen de la Dirección de Trabajo que obligaba a la empresa estatal a pasar a su planta a cerca de 4.700 operarios de firmas subcontratistas.

 

Los anteriores fueron dictados por las respectivas Cortes de Apelaciones Antofagasta y Valparaíso, que vieron los casos de Codelco Norte y Radomiro Tomic, y Andina y Ventanas.

 

Sólo el Tribunal de Alzada de Copiapó validó la resolución de la Dirección del Trabajo sobre la división El Salvador, en favor de los trabajadores. (Cooperativa.cl)

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