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"Colusión del confort": Conadecus acusa conflicto de interés en fallo de la Corte Suprema

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

La organización destacó que el redactor de la sentencia, Álvaro Vidal, comparte estudio jurídico con Iñigo de la Maza, abogado informante de la empresa SCA.

Su presidente, Hernán Calderón, afirmó en Cooperativa que el veredicto del máximo tribunal "es destructor de la protección de los consumidores", pero el caso aún no se cierra: "Quedan alternativas judiciales".

 ATON (Referencial)

Calderón rechazó el razonamiento judicial de que, por tratar SCA sólo con mayoristas y supermercados, su participación en el cartel no afectó a los compradores finales.

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El presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), Hernán Calderón, acusó en Cooperativa un presunto conflicto de interés en el fallo de la Corte Suprema respecto a la empresa SCA Chile –hoy Essity- por la denominada "colusión del confort".

En conversación con El Diario de Cooperativa, Calderón señaló que respeta el veredicto del máximo tribunal, que desestimó indemnizaciones de la empresa, como lo hizo en 2018 la CMPC, la otra coludida.

Sin embargo, reparó en que "el abogado Álvaro Vidal es integrante de la Primera Sala de la Corte Suprema y fue el redactor del fallo", no obstante "su estudio jurídico está integrado por el abogado informante Iñigo de la Maza, quien entregó los informes en derecho para la empresa" SCA.

A juicio de Calderón, Vidal "debió inhabilitarse, porque había una relación, un conflicto de interés, por las relaciones entre los abogados dentro de un mismo estudio jurídico. El abogado integrante no puede estar emitiendo opinión y además redactar el fallo".

"Es parte de la transparencia que necesita el Poder Judicial, Corte Suprema y todo lo que está dado en el tapete con las críticas por la falta de transparencia e idoneidad de quienes integrantes estos tribunales. Por eso sacamos a colación esto", afirmó.

CALDERÓN CUESTIONÓ EL VEREDICTO

El activista aseguró que "el fallo es destructor de la protección de los consumidores", porque hace "retroceder sus derechos", pero desde Conadecus "no vamos a dar por cerrado este caso y vamos a continuar la lucha en las instancias que correspondan, todavía tenemos alternativas judiciales que podemos iniciar".

Asimismo, cuestionó los argumentos del fallo que refieren a que no hubo una afectación por parte de la empresa al consumidor final, es decir, a las personas, bajo la lógica de que "su actividad mercantil en el mercado es de comercialización mayorista y de supermercado".

"Esa argumentación, en cuanto a que un productor no tiene relación con un consumidor es absolutamente debatible. Usted cuando fue a comprar confort, ese productor le subió el valor durante 11 años, un valor no real, el que impuso y ese precio lo pago el consumidor final".

En ese sentido, explicó que "fue el productor que estaba coludido, que se repartió el mercado, se asignó cuotas de mercado  y subió el precio para impedir la competencia. Es más, cuando había licitaciones en el ámbito público, al que le correspondía la cuota de ese mercado, el otro de la competencia proponía un precio muy superior para quedar fuera y que se le asignara a quienes ellos querían".

"Estas empresas no solo les venden al mercado mayoristas, también a los supermercados, a los intermediarios, a los proveedores que tienen los consumidores; como consecuencia el sobreprecio final se traspasó a ellos. Entonces, no pueden negar de que porque como yo no le compré directamente al productor, no nos causó el daño del delito y la infracción que ellos cometieron".

En esa línea, remató que "esta teoría y este pronunciamiento y argumentación solo se da en Chile, en todos los países del mundo no es así. Los productores también son responsables, son las cadenas que tiene el consumidor. No puede negar una relación un productor. ¿Quiere decir que el producto que fabricó no le llegó al consumidor final? Por supuesto que le llegó. Usted puede tener relaciones directa o indirectamente, y en este caso se produce (lo segundo)".

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