La Corte Suprema ordenó al Fisco pagar una indemnización de 15 millones de pesos a una mujer que se sometió a una esterilización en el Hospital Naval de Talcahuano en diciembre de 2013, determinando una violación al deber de información, puesto que tras la intervención, quedó embarazada nuevamente en marzo de 2014.
Según consignó LUN, se le efectuó a una cauterización de ambas trompas de Falopio, mediante la técnica de laparoscopía, decisión que la paciente tomó por la picnodisostosis que padece su hija mayor, enfermedad hereditaria y congénita que afecta el crecimiento y el desarrollo óseo, y que además, posee altas probabilidades de afectar a su descendencia.
En el recurso de casación acogido por el máximo tribunal, la afectada calificó como insuficiente la información proporcionada por el recinto sobre la esterilización, pues no se le recomendó que, para reducir las probabilidades de concebir, su cónyuge también se sometiera a un procedimiento de anticoncepción.
La mujer, además del daño moral que implicó llevar este embarazo no deseado, denuncia que debió cargar con la incertidumbre de la patología que la hizo solicitar la intervención en primera instancia.
"La falta de servicio que la demandante imputa al Hospital Naval de Talcahuano radica en infracción al deber de información, relacionado con los métodos anticonceptivos necesarios para reducir al mínimo la posibilidad de nuevos embarazos. En materia reproductiva y de planificación familiar, el derecho y deber de información posee una intensidad superior a la que presenta y es exigible en otras prestaciones médicas", sentencia la resolución de la Suprema.