Corte determinó que Canal 13 debe pagar horas extras a sus trabajadores
El canal deberá cancelar las rentas adeudadas a sus empleados.
Los trabajadores deberán firmar su hora de ingreso y de salida.
El canal deberá cancelar las rentas adeudadas a sus empleados.
Los trabajadores deberán firmar su hora de ingreso y de salida.
La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones determinó que Canal 13 deberá pagar horas extras a sus trabajadores.
Esto luego que, según el fallo, "la Dirección del Trabajo, en una reciente fiscalización, constatara que el 61 por ciento de los trabajadores del Canal 13, según aparece en sus contratos individuales de trabajo, no estarían sometidos a la jornada ordinaria de trabajo que establece el Código del Trabajo por la vía de aplicarles las hipótesis de exclusión del inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo".
"Esto es 524 trabajadores de un total de 861, con contrato de trabajo directo con la demandada, estableciendo que respecto de sus representados se constató un incumplimiento de la cláusula quinta del contrato colectivo de trabajo, lo que a su vez origina un exceso de jornada laboral, toda vez que de las propias entrevistas de los trabajadores se pudo establecer que los mismos se desempeñaban en jornadas que en promedio excedían las 10 horas diarias, pudiendo obtenerse un cálculo exacto de las horas trabajadas a partir del sistema informático con que cuenta el Canal y/o del control de acceso con que cuenta la empresa", indica el oficio.
La demandada Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica de Chile está obligada, en relación a ellos, a registrar su hora de ingreso y de salida, debiendo pagar como horas extraordinarias el tiempo exceso de la jornada ordinaria diaria o semanal.